Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1227
Magdalena, 30/09/2021
Visto
El Expte. Letra G Nº 827/21 mediante el cual la Sra. Gonzalez Maria Cristina solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, Gas, agua y
Considerando
Que a fs.1 se encuentra nota de pedido por parte de la Sra. Gonzalez Maria Cristina.
Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Absa donde consta la deuda que posee.
Que a fs. 3 se encuentra la Factura de la empresa Buenos Aires Gas S.A con la deuda que posee
. Que a fs 4 a 13 se encuentran las facturas de la empresa Edelap donde consta la deuda que presenta.
Que a fs 16 y 17 Obra notificación electrónica por parte del juzgado de Paz s/ ejecución de honorarios.
Que a fs 18 Obra informe socio ambiental donde se corrobora la situación económica que se encuentra atravesando la solicitante actualmente, y por lo cual solicita esta ayuda. Que dicha situación se puede corroborar mediante recibo de sueldo, presentando embargo por pago de cuota alimentaria para sus nietos.
Que los servicios de luz agua y gas son indispensables para la Sra. Gonzalez Maria Cristina
Por ello,
EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa ABSA CUIT 30-707919990-2 la suma de PESOS CUATROCIENTOS MOVENTA Y UNO CON VEINTIUN CTVS ($491,21) en concepto de pago de Agua de la Sra. Gonzalez Maria Cristina de acuerdo al considerando.
ARTICULO 2º: ABONESE a la Empresa Buenos Aires Gas S.A CUIT 30-708748665-4 la suma de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON SIETE CTVS ($14.220,07) en concepto de pago de Luz de la Sra. Gonzalez Maria Cristina de acuerdo al considerando.
ARTICULO 3º: ABONESE a la Empresa EDELAP CUIT 30-65787766-9 la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON CIENCUENTA CTVS ($3.947,50) en concepto de pago de Gas de la Sra. Gonzalez Maria Cristina de acuerdo al considerando.
ARTÍCULO 4º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática 24.04.00 .Fuente de financiamiento 110.
ARTICULO 5º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.
ARTICULO 6 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda