Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5198/2021

Ordenanza Nº 5198/2021

Trenque Lauquen, 17/09/2021

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

            Motiva el envío del presente Proyecto de Ordenanza la necesidad expuesta por la Sra. GRISELDA ESTHER OLAZÁBAL, en su carácter de Socio Gerente de EQUIPOS Y SISTEMAS TRENQUE LAUQUEN S.R.L. quien solicita la concesión de uso de una parcela en el Sector Industrial Planificado de Trenque Lauquen, con el fin de desarrollar actividades comerciales relacionadas con la producción de Sistemas Oleo Hidráulicos para el mercado local y nacional.

EQUIPOS Y SISTEMAS TRENQUE LAUQUEN S.R.L. cuenta con la trayectoria de más de 20 años en el rubro y desde hace unos años se caracteriza por el mantenimiento preventivo de plantas de silos, lo que los ha llevado a la fabricación de centrales hidráulicas para las plataformas de descarga de camiones cerealeros.

            La Sociedad solicitante, utilizará el predio para la fabricación de las mismas y en el futuro próximo, para la fabricación de los repuestos y reparación de las plataformas hidráulicas, generándose, entre otras cosas, nuevos puestos de trabajo.

            Por las razones expuestas, y teniendo presente que hoy en día, la Sociedad no cuenta con un lugar físico apropiado para ampliar el rubro de producción, es que desea instalar en el Z.I.P su emprendimiento comercial, dando así cumplimiento a sus expectativas de crecimiento.

            La legislación vigente en la materia instituye un plan de fomento y estímulo para la radicación, desarrollo y transformación de establecimientos industriales en el Partido de Trenque Lauquen, entre las cuales se permite otorgar la concesión de uso de una parcela en el Z.I.P.

            En virtud de todo lo expuesto es que se requiere la intervención del Honorable Concejo Deliberante a sus efectos (Exp. N° 4654/04 HCD.).

 POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Concédase en uso a la Firma EQUIPOS Y SISTEMAS TRENQUE LAUQUEN S.R.L., el inmueble municipal ubicado en el Zona Industrial Planificada, designado catastralmente como: CIRC. XVII - SECC. C - CHACRA 244 - MANZANA 244 F- PARCELA 2.

Artículo 2º.-) La cesión se efectuará por el término de un (1) año prorrogable por un (1) año más, imponiéndose el cargo al concesionario de comenzar las obras para la adecuación y mantenimiento del lugar, como así también, dar inicio la construcción de las instalaciones previstas en el predio, dentro del término de seis (6) meses a contar desde la promulgación de la presente.

Artículo 3º.-) Ante una eventual decisión de compra del inmueble por parte de la Firma EQUIPOS Y SISTEMAS TRENQUE LAUQUEN S.R.L., la venta se realizará conforme lo establecido en los Artículos 55º y 159º inc. f) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y conforme a la legislación vigente.

Artículo 4º.-) Impónese al concesionario las siguientes obligaciones:

a) Tener domicilio en el país.

b) Presentar un Proyecto de Inversión y actividades a tres (3) años, detallando expresamente el tipo de actividad a realizar, modo, maquinarias, personal, obras civiles a realizar, materias primas o elementos que utilizará y lugar donde serán adquiridos, destino del producto, posibilidad de expansión y todo otro dato que permita a la autoridad administrativa evaluar correctamente la magnitud y relevancia socio-económica de la empresa.

c) Para el caso de personas jurídicas toda la documentación que justifique su constitución.

d) Destinar el inmueble a la actividad industrial.

e) El empleo de, por lo menos, 1 (una) persona, con domicilio local, en relación de dependencia, debidamente registrada y cuya labor se desarrolle en el lugar.

f) Cumplir con la totalidad de las normas de seguridad e higiene dispuestas por organismos nacionales, provinciales y municipales que la actividad requiera.

Artículo 5º.-) El incumplimiento de los recaudos establecidos en el Artículo 4º implicará la caducidad de la concesión.

Artículo 6º.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 2147/2021 – 27/09/2021

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández   – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.