Boletines/Magdalena

Decreto Nº1304

Decreto Nº 1304

Magdalena, 14/10/2021

Visto

                             Las actuaciones del Expediente electrónico número 6090/21, mediante las cuales CHAUMEIL JUAN PABLO - CUIT 20-39801658-1, solicita habilitación municipal del establecimiento cuyas actividades son SERVICIO DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS, ubicado en Camino vecinal 1 Del Sauce y Pedro Goenaga de la localidad de Roberto Payró partido de Magdalena; y

 

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a dicha habilitación en forma provisoria, conforme lo establece en el Capítulo III, de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente –parte especial- del Municipio, mediante la cual, en el artículo 94 inc a) requiere la presentación de planos aprobados del local a habilitar y en el inc b), la presentación de certificación de liberación de deuda de las tasas municipales que gravan los inmuebles;

Que en este caso, dicha habilitación provisoria debe ser otorgada por el término de doce meses, venciendo en consecuencia el día 14 de  octubre de 2022;

Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse con los requisitos previstos en los incisos a) y b) del artículo 94 de la norma citada precedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausura del establecimiento.

Por todo ello,

, el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación de carácter provisorio del establecimiento comercial cuyas actividades son SERVICIO DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS (Código de actividad:63100-10); propiedad de CHAUMEIL JUAN PABLO - CUIT 20-39801658-1, Legajo Municipal Nº 62972 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Parcela 369a, Partida de contribución territorial Nº2288, ubicado en Camino vecinal 1 Del Sauce y Pedro Goenaga de la localidad de Roberto Payró partido de Magdalena.

Artículo 2º: El vencimiento de la presente Habilitación Provisoria se producirá el día 14 de octubre de 2022 debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III, Art. 94 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el Acto Administrativo de Habilitación Definitiva. En caso contrario se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 95, último párrafo, de la norma citada precedentemente.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese. 

 

 

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO                                                                                              

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. Marina Natalia Blanco

Secretario de Gobierno