Boletines/Magdalena

Decreto Nº1338

Decreto Nº 1338

Magdalena, 21/10/2021

Visto

Las actuaciones del expediente letra V número 657/2020 mediante las cuales VILLARREAL SANDRO MARTIN, CUIT 20-26351463-8, Legajo  N°62311, solicita habilitación Municipal por traslado de domicilio y anexión de rubro VENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION, al comercio cuya actividad es HERRERIA DE OBRA, habilitado por Resolución de fecha 28 de noviembre de 2013, ubicado originalmente en calle 113 e/ 4 y 5 de la localidad de empalme Magdalena; al local ubicado en calle Tapalque e/ Suipacha y Pueblos Originarios, de la misma ciudad; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a dicha habilitación en forma provisoria, conforme lo establece en el Capítulo III, de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente –parte especial- del Municipio, mediante la cual, en el artículo 94 inc a) requiere la presentación de planos aprobados del local a habilitar y en el inc b), la presentación de certificación de liberación de deuda de las tasas municipales que gravan los inmuebles;

Que en este caso, dicha habilitación provisoria debe ser otorgada por el término de doce meses, venciendo en consecuencia el día 21 de octubre de 2022;

Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse con los requisitos previstos en los incisos a) y b) del artículo 94 de la norma citada precedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausura del establecimiento.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación con carácter provisorio del establecimiento comercial cuya actividad es HERRERIA DE OBRA (Códigos de actividad: 38000-04) propiedad de VILLARREAL SANDRO MARTIN, CUIT 20-26351463-8, Legajo Municipal Nº 62311, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 83, Parcela 4 y Partida Inmobiliaria Nº29204, ubicado en calle Tapalque e/ Suipacha y Pueblos Originarios de la localidad de Magdalena.

Artículo 2º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la anexión del rubro VENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION (Código de actividad: 61600-03), al comercio cuya actividad es HERRERIA DE OBRA (Códigos de actividad: 38000-04).

Artículo 3°: El vencimiento de la presente Habilitación Provisoria se producirá el día 21 de octubre de 2022 debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III, Art. 94 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el Acto Administrativo de Habilitación Definitiva. En caso contrario se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 95, último párrafo, de la norma citada precedentemente.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

 

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO                                                                                              

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. Marina Natalia Blanco

Secretario de Gobierno