Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5211/2021

Ordenanza Nº 5211/2021

Trenque Lauquen, 22/10/2021

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Por Nota Nº 6104/2020 ingresada en Mesa de Entradas Municipal el 19/NOV/2020, la Clínica García Salinas S.A. ha solicitado autorización para realizar ampliaciones en planta baja de su edificio ubicado en calle 25 de Mayo Nº 170 de la ciudad de Trenque Lauquen.

Estas ampliaciones tienen por objeto ubicar áreas de servicios: Depósito General, Vestuario, Sala de Máquinas del Sistema de Fluidos Médicos, Acceso a Guardia de Ambulancias y Hall Acceso al Edificio de la esquina; permitiendo liberar y reestructurar áreas existentes, aumentando la capacidad y calidad de servicios de salud.

Este Centro de Salud se encuentra implantado sobre varias parcelas y donde necesita realizar las obras, se encuentra superado el factor de ocupación de suelo.

El estudio de arquitectura a cargo del Proyecto adjunta el croquis con las instalaciones a agregar, indicando los destinos de los locales (Anexo I).

El permiso solicitado implica aumentar la superficie cubierta en planta baja incrementando el F.O.S.  por encima de lo establecido por la Ordenanza de Zonificación vigente.

Teniendo en cuenta que el servicio comunitario que brinda éste Centro de Salud, y que el Artículo 102º del Decreto Ley 10.128/83, modificatorio a la Ley 8912, prevé estas situaciones, cuando el “Interés Público” lo requiera, siendo el organismo provincial o municipal quien debe elevar la propuesta, cosa que ha realizado el Departamento Ejecutivo (Exp. N° 6029/10 HCD.).

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Autorizase a la CLÍNICA PRIVADA Dr. PEDRO GARCÍA SALINAS S.A. a incrementar la superficie edificada en planta baja de acuerdo a lo indicado en el Anexo I en el inmueble donde se encuentra su Centro de Salud, sito en calle 25 de mayo Nº 170 de la localidad de Trenque Lauquen.

Artículo 2º.-) El Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente realizará el control y seguimiento de la autorización conferida por la presente.

Artículo 3º.-) El plano de obra deberá expresar en otras exigencias que en el caso de demolición y cambio destino deberá adecuarse la superficie a los indicadores urbanísticos de la zona.

Artículo 4º.-) Incorpórase como Anexo I, el plano con la ubicación de las superficies a edificar autorizadas que pasa a formar parte de la presente norma.

Artículo 5º.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 2406/2021 – 27/10/2021

Firma:    Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

               Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.

 

Anexos

Anexo 1

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