Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5213/2021

Ordenanza Nº 5213/2021

Trenque Lauquen, 22/10/2021

EXPOSICION DE MOTIVOS:

            Mediante Ordenanza Nº 177/90, la Municipalidad de Trenque Lauquen, adjudicó en venta al Sr. GIOVAGNOLI, JORGE, un inmueble ubicado en calle Levalle Sur Nº 551, identificado como Vivienda Nº 6 del Barrio “Sea Parte” (Plan de Viviendas Progresivas) de Trenque Lauquen.

            Que, en el año 2009, mediante Ordenanza Nº 3245 se procedió a la desadjudicación de la vivienda mencionada, declarándose extinguidos los derechos que sobre ella pudiera haber tenido el Sr. GIOVAGNOLI, JORGE, adjudicándose, en el mismo acto, dicha vivienda, a la Sra. CASTAÑARES, FRANCISCA GREGORIA.

            Con fecha 12 de Diciembre del año de 2014, la Sra. CASTAÑARES, FRANCISCA GREGORIA, transfirió el inmueble mencionado, a través de un Boleto de Compraventa a favor del Sr. ESCOBAR, GUILLERMO JOSÉ, suscribiendo además, un Poder Especial de Venta a favor del Sr. ESCOBAR, MARIO OMAR, para que en su nombre y representación, entre otras facultades asignadas, otorgue escritura pública de venta a favor del Sr. ESCOBAR, GUILLERMO JOSÉ, o de quien éste disponga, en relación al Inmueble identificado como Circunscripción I, Sección C, Quinta 80, Manzana 80 E, Parcela 9, Partida 24.831.

            Los instrumentos mencionados, cuentan con las correspondientes certificaciones notariales de firmas.

            El precio correspondiente a la vivienda ha sido cancelado en su totalidad, y parte compradora, ha incorporado a las presentes actuaciones un Informe de Anotaciones Personales de la parte vendedora, a fin de demostrar que no constan inhibiciones que impidan acceder a lo solicitado;

            Por todo lo expuesto, y a fin de regularizar la situación dominial, corresponde proceder a la Desadjudicación y Readjudicación del inmueble en cuestión; requiriéndose, por ende, la intervención del Honorable Concejo Deliberante a sus efectos (Exp. N° 11/91 HCD.).

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Déjase sin efecto la adjudicación efectuada por Ordenanza Nº 3245/2009, en favor de la Sra. CASTAÑARES, FRANCISCA GREGORIA, DNI. Nº 1.451.230, de la Vivienda Nº 6 del Barrio “Sea Parte” (Plan de Viviendas Progresivas), ubicada en Calle Levalle Sur Nº 551 de Trenque Lauquen, identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Quinta 80, Manzana 80 E, Parcela 9, Partida 24.831.

Artículo 2º.-) Adjudícase al Sr. ESCOBAR, GUILLERMO JOSÉ, DNI. Nº 27.603.006, la Vivienda Nº 6 del Barrio “Sea Parte” (Plan de Viviendas Progresivas, ubicada en Calle Levalle Sur Nº 551 de Trenque Lauquen, identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Quinta 80, Manzana 80 E, Parcela 9, Partida 24.831.

Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante

Promulgación: Decreto N° 2408/2021 – 27/10/2021

Firma:    Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.