Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5217/2021

Ordenanza Nº 5217/2021

Trenque Lauquen, 22/10/2021

EXPOSICION DE MOTIVOS:

El Art. 109° del Decreto 6.769/58 dispone que corresponde al Departamento Ejecutivo remitir el Presupuesto al Concejo Deliberante con anterioridad al 31 de Octubre de cada año.

El presupuesto no es sólo una autorización para recaudar y gastar, sino que, constituye un plan de gobierno basado en proyecciones concretas y programadas.

Atento la proximidad de su plazo de presentación aún no obran en nuestro poder,  los datos reales sobre los porcentajes de coparticipación que ingresarán al Municipio en 2022 y aunado a ello, cabe señalar que tanto el Gobierno Nacional como Provincial aún no han definido pautas que nos permitan estimar, por ejemplo, como los ya mencionados ingresos de Coparticipación ni tasa de inflación esperada para el próximo año, datos que sin duda impactarán en las finanzas municipales.

Por los fundamentos expuestos, resulta conveniente otorgar un plazo prudencial para la confección y remisión del mismo.-

Dado que lo autoriza el Art. 36 del Decreto 6.769/58, se propicia la norma en cuestión. (Exp. 6546/2021 HCD.)

 POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Prorróguese el plazo para la presentación del PRESUPUESTO 2022 hasta el 30 de Diciembre de 2021.

Artículo 2°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante

Promulgación: Decreto N° 2416/2021 – 27/10/2021

Firma:    Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.