Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5222/2021
Trenque Lauquen, 19/11/2021
EXPOSICION DE MOTIVOS:
Por Ordenanza N° 62/79 se dictó el Reglamento de Cementerios Públicos del Distrito de Trenque Lauquen, norma que fuera luego complementada y/o modificada por las Ordenanzas modificatorias 146/80; 97/90; 608/93; 2515/04 y 4576/16;
Del análisis y evaluación del texto normativo se advierte que resulta necesario adecuar y actualizar sus términos,
En dicho contexto es necesario crear normas claras que, teniendo en cuenta la voluntad de los familiares o deudos de las personas fallecidas, permitan al Municipio disponer de sus restos una vez transcurridos los plazos de derechos de uso, actualizando asimismo las facultades del Ejecutivo, dependiendo del interés manifestado de los responsables.
Es por ello que se ha procedido a confeccionar el presente instrumento, modificando los términos del art. 52° (Exp. N° 1159/93 HCD.).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1º.-) Modifícase el Artículo 52 del Capítulo IX) de la Ordenanza 4576/16, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 52°.-) Transcurridos sesenta (60) días del vencimiento del derecho de uso y previo aviso al interesado o responsable del arrendamiento, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a la reubicación de los restos, el envío a tierra, o disponer su cremación”.
Artículo 2°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 2666/2021 – 29/11/2021
Firma: Sr. Esteban Vidal – Intendente Interino Municipal
Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.