Boletines/Magdalena
Ordenanza Nº 3927/21
Magdalena, 01/12/2021
V I S T O:
La Ordenanza nº 3493/18 sancionada por este Honorable Concejo Deliberante con fecha 2 de mayo del 2018, las modificaciones incorporadas por las Ordenanzas nº 3515/18 y nº 3616/19, y ,
C O N S I D E R A N D O:
Que es necesario ampliar el alcance de la Ordenanza nº 3493/18 a los estudiantes universitarios que cursan sus estudios en instituciones privadas,
Que dicha medida se basa en poder garantizar el acceso a la Educación a aquellos estudiantes que deben elegir la educación de gestión privada por cuestiones laborales, o de organización familiar,
Que a fojas 1, la Subsecretaria de Educación, Desarrollo Humano y Familia avala la modificación propuesta,
Que se hace necesario realizar las modificaciones pertinentes en la ordenanza nº 3493/18, art. 3º y 5º relacionada con el boleto educativo.
Que por todo lo expuesto:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el art. 3º de la Ordenanza nº 3493/18 el que quedará redactada de la siguiente forma:
ARTICULO 3º: Serán beneficiarios del Boleto Educativo Gratuito, todos los estudiantes menores de 35 (treinta y cinco) años que desarrollen sus estudios Universitarios o terciarios en establecimientos públicos o en los privados.
ARTÍCULO 2º: Modifíquese el art. 5º de la Ordenanza nº 3493/18 el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 5º: Serán requisitos para obtener el Boleto Educativo Gratuito:
· Ser menor de 35 años, en caso de excepciones, la Subsecretaria de Educación, Desarrollo Humano y Familia justificara el otorgamiento de los boletos (según Ord. 3616/19).
· Acreditar residencia en el distrito, con un mínimo de tres años anteriores a la solicitud del Boleto Educativo Gratuito.
· Estar cursando o por iniciar los cursos de carreras dictadas por instituciones universitarias o terciarias estatales o privadas.
· Contar con la constancia de inscripción en una carrera y/o certificado de alumno regular.
· Presentar la correspondiente constancia de cursada, para los ingresantes constancia de inscripción.
· No estar percibiendo ningún otro tipo de beneficio relacionado con el transporte que se superponga con el objeto de la presente.
ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 01 DE DICIEMBRE DE 2021.
Registrado bajo el Nº 3927/21.-
Firmado:
Raúl H. Gómez - Secretario H.C.D.
Mariel A. Semino - Presidente H.C.D.