Boletines/Magdalena

Decreto Nº1598

Decreto Nº 1598

Magdalena, 10/12/2021

Visto

Las actuaciones del expediente electrónico número 5397/21 mediante las cuales SANCHEZ MILDRE, CUIT 27-31078698-0, solicita habilitación municipal por traslado de domicilio, y anexión de los rubros Pollajería y Venta de carnes de cerdo, del comercio cuya actividad es CARNICERÍA, el que se ubicará en calle 25 de Mayo 1159 de la ciudad de Magdalena; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a dicha habilitación en forma provisoria, conforme lo establece en el Capítulo III, de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente –parte especial- del Municipio, mediante la cual, en el artículo 94 inc a) requiere la presentación de planos aprobados del local a habilitar y en el inc b), la presentación de certificación de liberación de deuda de las tasas municipales que gravan los inmuebles;

Que en este caso, dicha habilitación provisoria debe ser otorgada por el término de doce meses, venciendo en consecuencia el día 10 de diciembre de 2022;

Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse con los requisitos previstos en los incisos a) y b) del artículo 94 de la norma citada precedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausura del establecimiento.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la habilitación de carácter provisorio del establecimiento comercial cuyas actividad es CARNICERÍA (Códigos de actividad: 62100-01) propiedad de SANCHEZ MILDRE, CUIT 27-31078698-0, legajo municipal Nº 62815, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 152, Parcela 3e y Partida Inmobiliaria Nº 24.875, ubicado en calle 25 de Mayo 1159 de la ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, la anexión de los rubros POLLAJERÍA (Códigos de actividad: 62100-15) y VENTA DE CARNES DE CERDO (Códigos de actividad: 62100-01) al establecimiento habilitado por el artículo anterior, cuya titular, número de legajo e inmueble donde se desarrolla la actividad comercial son los detallados en dicho artículo.     

Artículo 3º: El vencimiento de la presente habilitación provisoria se producirá el día  10 de diciembre de 2022 debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III, Art. 94 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el dictado del Acto Administrativo de habilitación definitiva. En caso contrario, se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 95, último párrafo, de la norma citada precedentemente.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO                                                                                              

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. Marina Natalia Blanco

Secretario de Gobierno