Boletines/Magdalena

Decreto Nº1643

Decreto Nº 1643

Magdalena, 17/12/2021

Visto

                                 Las actuaciones iniciadas mediante Exp. 925 letra D de 2021  y

Considerando

El Decreto nº 1450/21 fija el inicio de la temporada estival 2021/22 a partir de 1 de Diciembre de 2021 hasta el 30 de Abril de 2022 inclusive y que es necesario implementar la cobranza de acuerdo a lo fijado en la Ordenanza Impositiva Vigente, como derecho de Uso de Playas y Riberas,

                                  Que, para materializar dicho cobro es imperioso contar con la tarea extra laboral de empleados municipales a los que se les abonará una remuneración en concepto de tareas extraordinarias cuyo monto será el equivalente al valor de 12 tickets de ingreso al balneario para los días sábados y 13 tickets de ingreso al balneario para los días feriados y domingos para toda la temporada,

                                  Que dichos empleados serán coordinados por el área de Producción,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

                                               D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNESE por insistencia a partir del 01 de Diciembre de 2021 y hasta el 30 de abril de 2022 inclusive el equipo de cobranza para la Temporada Estival 2021/2022 en el Balneario Municipal de Magdalena y Atalaya a los Agentes Municipales.-

ARTICULO 2º.- Asignase en carácter de TAREA EXTRAORDINARIA el equivalente a 12 TICKETS DE INGRESO A BALNEARIOS para los días sábados y 13 TICKETS DE INGRESO A BALNEARIOS para los días feriados y domingos a los agentes mencionados por jornada efectivamente realizada de acuerdo al siguiente detalle:

 

LEGAJO

AGENTE

1290

NIEVA MARISA

943

CORDAL AIDA

1398

CROCCE CASTILLO MACARENA

1327

MARQUEZ ADRIANA

1190

SANCHEZ YANINA

2332

DUTRIA PATRICIA

1200

CINKIEWICZ MARIA LUCIA

1159

ABADIN SOLANGE

 

ARTICULO 3º: Las erogaciones que se determine del Artículo 1º, se tomarán de la Partida Contable 1.3.1.1. Horas Extras - Jurisdicción 8000-01, 7000-24-15, 9000-01 y 5000-01  del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda,  tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda