Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 2850/2021
Trenque Lauquen, 16/12/2021
2850-21 Honorarios VEINTICINCO ANDRES - Expte. 98524
Visto
Que en “MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN C/ VEINTICINCO ANDRÉS S/ APREMIO” (Expte. Nº 98524), se han regulado honorarios judiciales por las labores de los Dres. Jonatan Bevilacqua y Verónica Beatriz Lafón, en la suma de Pesos veintitrés mil setenta y siete con 50/100 centavos ($23.077,50), a favor de cada letrado, lo que hace un total de Pesos cuarenta y seis mil ciento cincuenta y cuatro con 99/100 centavos ($46.154,99), Ingresando al arca del Municipio el 50%, que asciende a la suma Pesos veintitrés mil setenta y siete con 50/100 centavos ($23.077,50).-
Teniendo presente que la parte demandada ha realizado los aportes previsionales correspondientes (10%), quedando deducir de los honorarios regulados, la suma de Pesos dos mil doscientos quince con 50/100 centavos ($2.215,50), correspondiente al aporte previsional (10%), con deducción de Jus previsional a cargo de cada letrado y la suma de Pesos ochocientos siete con 71/100 ($807,71), correspondiente a Ingresos Brutos (3.5%), este último respecto de la Dra. Lafón; en el caso del Dr. Bevilacqua, dada su adhesión al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no corresponde la deducción de dicho impuesto (art. 30, Res. ARBA Nº 21/21) y,
Considerando
Lo dispuesto por la Ley 8838, en cuanto a que el cincuenta por ciento (50%) de los honorarios netos regulados por la labor de los abogados municipales, puede ser distribuidos entre ellos. -
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Líbrense las siguientes órdenes de pago:
a) Para el Dr. JONATAN BEVILACQUA: Pesos diez mil cuatrocientos treinta y uno con 00/100 centavos ($10.431,00), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-
b) Para la Dra. VERÓNICA BEATRIZ LAFON: Pesos nueve mil seiscientos veintitrés con 29/100 centavos ($9.623,29), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-
ARTICUL0 2º: Dése la debida intervención a la Contaduría Municipal y a la tesorería Municipal. -
ARTICULO 3º: Regístrese y cúmplase. -
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretaria Administ. y Gestión Tributaria
Municipalidad de Trenque Lauquen
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipalidad de Trenque Lauquen