Boletines/Magdalena
Decreto Nº 3
Magdalena, 03/01/2022
Visto
El Decreto Provincial Nº 2980/00 que regula la aplicación e implementación de la Reforma de la Administración Financiera en el Ambito Municipal (RAFAM); y
Considerando
Que el artículo 42º correspondiente al Capítulo I – Disposiciones Generales de las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto” establece en su quinto párrafo que “Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de Diciembre de cada año se afectarán al Ejercicio siguiente, imputándolos a los créditos pertinentes disponibles para ese ejercicio, para lo que deberá mediar decreto del Intendente”;
Que durante el presente ejercicio financiero se aplicará en el Municipio las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto”;
Que al cierre del Ejercicio 2021 han quedado gastos comprometidos y no devengados;
Que en virtud de lo consignado precedentemente es necesario efectuar las registraciones contables pertinentes proporcionándole el marco legal a las mismas;
Por todo ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones, DECRETA
ARTICULO 1º: Aféctese e impútese los gastos comprometidos y no devengados al 31 de Diciembre de 2021 a la Jurisdicciones, Programas, Proyectos y Partidas correspondientes y por los montos indicados en el detalle consignado a continuación, conforme a los términos establecidos por el artículo 42º, quinto párrafo del Capítulo I –Disposiciones Generales correspondiente a las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto establecidas por el Decreto Provincial Nº 2980/00 a saber:
REG. COMP. 2021 JURISD. PROG. PARTIDA IMPORTE
7652/21 110 9000 25.15 3.9.3.0 $408.000,00.-
5585/21 132 5000 25.58.01 3.3.1.0 $7.899.910,83.-
7540/21 110 10000 20.01 3.3.9.0 $ 520.000,00.-
5536/21 110 10000 20.02 3.3.9.0 $1.005.928,00.-
7864/21 110 4000 17.00 2.1.1.0 $28.750,00.-
7863/21 110 4000 17.00 2.1.1.0 $18.750,00.-
8480/21 110 5000 24.64 4.2.1.0 $416.900,00.-
4969/21 132 5000 25.57 4.2.1.0 $373.722,89.-
8497/21 132 5000 24.70 3.3.1.0 $159.000,00.-
6387/21 132 5000 25.56 4.2.2.0 $6.875.158,88.-
4153/21 133 5000 23.83 4.2.2.0 $1.702.947,56.-
8540/21 110 4000 16.00 4.2.2.0 $1.585.000,00.-
8519/21 110 5000 23.75 4.2.2.0 $1.740.00, 00.-
8550/21 110 6000 20.00 2.2.2.0 $38.120,00.-
7859/21 110 10000 20.02 4.2.2.0 $2.000.000,00.-
1874/21 110 5000 23.95 4.2.2.0 $1.501.842,71.-
6906/21 132 5000 24.65 4.2.1.0 $6.070.500,00.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda