Boletines/Magdalena
Decreto Nº 101
Magdalena, 17/01/2022
Visto
La solicitud de licencia del Sr Intendente Municipal por vacaciones desde el 19/01/22 al 11/02/2022 ; y,
Considerando
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 108 inciso 13 establece que el intendente Municipal debe solicitar licencia al Honorable Concejo Deliberante para ausentarse por más de 5 días.
Que es potestad del Honorable Concejo considerar las peticiones de licencias del Intendente (conf. Art. 63 inciso 2) LOM
Que de la armónica interpretación de los artículos 16, 17,87,88 de la LOM se deduce que, ante la Licencia solicitada por el Intendente Municipal, corresponde que lo Reemplace el primer concejal de la lista en que el Intendente ha triunfado en las elecciones por las que asumió su mandato.
ATENTO
AL Cronograma de Sesiones del Honorable Consejo Deliberante
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorizase Ad Referéndum del Honorable Consejo Deliberante al Sr Intendente Municipal de Magdalena. Lic. Gonzalo Martin Peluso a hacer uso de una Licencia por vacaciones en el Periodo Comprendido entre los días 19 de Enero y 11 de Febrero del 2022 inclusive.
ARTICULO 2º: Disponese que el Concejal Dn. Lisandro Fabián Hourcade DNI: 26.796.889, asuma interinamente el cargo de Intendente Municipal de Magdalena, en reemplazo del actual Titular del Departamento Ejecutivo, los motivos y durante el periodo enunciado en el artículo 1° de la presente
ARTICULO 3º: Comuníquese, Elevase al HCD, Regístrese, Archívese.