Boletines/Magdalena
Decreto Nº 111
Magdalena, 19/01/2022
Visto
Las actuaciones del expediente electrónico número 143-22 mediante las cuales TAPO RUBEN ANDRES – C.U.I.T: 20-24421115-2 solicita la anexión del rubro CARNICERIA al comercio cuya actividad es AUTOSERVICIO DE COMESTIBLES, POLLERIA Y VERDULERIA habilitado por Legajo 62511, mediante Decreto n°1613/21 de fecha 14 de diciembre de 2021, ubicado en calle Brenan esquina French de la ciudad de Magdalena; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello,
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la anexión del rubro CARNICERIA (Código de actividad: 62100-01) al comercio cuya actividad es AUTOSERVICIO DE COMESTIBLES, POLLERIA Y VERDULERIA (Códigos de actividad: 62.100-13; 62.100-15, 62.100-04), Legajo Municipal Nº 62511 propiedad de TAPO RUBEN ANDRES – C.U.I.T: 20-24421115-2 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 240, Parcela 6, Partida Inmobiliaria Nº 28.972, ubicado en calle Brenan esquina French de la ciudad de Magdalena.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal