Boletines/Magdalena
Decreto Nº 183
Magdalena, 07/02/2022
Visto
El expedietne letra D N° 129/2022 referido a la denuncia de Situacion Laboral Stoerman Dalila (Legajo N° 1098) y Ortiz Julia (Legajo N° 2527) y;
Considerando
Que, acorde al Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de Magdalena, los hechos informados en el expediente D 129/22 no se condicen con lo establecido en el Articulo 28° (DEBERES Y OBLIGACIONES) inciso a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario genenrnal, esecial o extraordinario que , de acuerdo con la naturalez y necesidades del servicio se determine, poniento toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administracion Municipal; e inciso c) Proceder con cortesía, diligencia y ecuanimidad en el trato con el publico y llevar a cabo una conducta cooperativa y solidaria en el ámbito de trabajo,
Que, el Director del Hospital, y a raíz de los hechos, como medida preventiva procede a la suspensión de las agentes Stoerman Dalila (Legajo N° 1098) y Ortiz Julia (Legajo N° 2527),
Que, este tipo de situaciones de violencia entre personas no son aceptadas ni las correspondientes dentro de ningún ámbito laboral del Municipio,
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades que le son propias
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Sanciones a los agentes Stoerman Dalila (Legajo N° 1098) y Ortiz Julia (Legajo N° 2527) con la suspensión de 3 (TRES) DIAS por los hechos expresados en el Exp 129/22
ARTICULO 2°.: Autoricese al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR los tres días de suspensión y el presentismo de los haberes correspondientes al mes de Febrero
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sr. Secretario de Hacienda.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese
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Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal