Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 541/2022
Trenque Lauquen, 11/04/2022
Visto
La Ordenanza Nº 5209 del 1 de octubre de 2021 de este Honorable Concejo Deliberante (Exp. N° 2719/97 HCD.); y
Considerando
Que por la Ordenanza Nº 5209/21 se incorporó al Catálogo de Patrimonio Cultural del Partido de Trenque Lauquen en el marco de lo establecido en la Ordenanza N° 1979/00 de este Honorable Concejo Deliberante a los siguientes inmuebles: a) Tumba denominada “El Misterio de la Cruz Torcida” ubicada en el cementerio de la Localidad de Beruti, Partido de Trenque Lauquen, Provincia de Buenos Aires, con la siguiente ubicación catastral: Sepultura Tipo 4, Sección 1, Sector A, Lote 8; y b) la Tumba denominada “La Iglesita”, ubicada también en el citado cementerio, con la siguiente ubicación catastral: Sección 3ra., Sector B, Lote 7;
Que la preservación de nuestro Patrimonio Histórico Cultural tiene como fin resguardar nuestro pasado histórico, dado que a través de las obras realizadas por nuestros antecesores y de la diversidad de la forma de sentir, pensar y obrar se constituye nuestra cultura e identidad;
Que, a su vez, la preservación del Patrimonio Histórico Cultural forma parte de los derechos culturales que hacen a la calidad de vida de los pueblos, y es una acción de buen gobierno coordinar la salvaguarda, prevención, divulgación y difusión de todos aquellos bienes tangibles e intangibles que se constituyen como el Patrimonio Histórico Cultural del Partido de Trenque Lauquen;
Que el relevamiento de los bienes patrimoniales funerarios del cementerio de la Localidad de Beruti fue realizado por los vecinos de esa ciudad, las Sras. Adriana Díaz y Patricia Buffarini y el Sr. Jorge Pedini, quienes, a dicho efecto, han llevado adelante un extenso trabajo de investigación vinculado con la búsqueda de datos y la reconstrucción de la historia a través del acceso a la información en archivos históricos, en fuentes bibliográficas, en relatos de diversos hombres y mujeres, en artículos periodísticos, en trabajos sobre la materia efectuados con anterioridad y en entrevistas a diversos investigadores e investigadoras, entre otras fuentes;
Que los trabajos de investigación detallados precedentemente, son procesos extensos y tediosos, que requieren llevar adelante la labor con compromiso, responsabilidad, respeto, seriedad y entusiasmo;
Que, asimismo, las Sras. Adriana Díaz y Patricia Buffarini y el Sr. Jorge Pedini son organizadores de un circuito turístico realizado en el cementerio municipal de la Localidad de Beruti, que se encuentra registrado ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), que contribuye al enriquecimiento cultural de todos los ciudadanos y, en particular, de aquellos que residen en el Partido de Trenque Lauquen.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
R E S O L U C I Ó N
Artículo 1º.-) Expresar su reconocimiento a la labor llevada adelante por los vecinos de la Localidad de Beruti, Partido de Trenque Lauquen, Provincia de Buenos Aires, las Sras. Adriana Díaz y Patricia Buffarini y el Sr. Jorge Pedini, a los fines de relevar los bienes patrimoniales funerarios del cementerio de esa ciudad y que ha sido la fuente utilizada a los fines de dictar la Ordenanza Nº 5209 del 1 de octubre de 2021 del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Trenque Lauquen. Asimismo, se destaca la contribución permanente de estas personas al enriquecimiento cultural de este Partido, en el marco del circuito turístico realizado en el cementerio municipal de la Localidad de Beruti por ellos organizado.
Artículo 2º.-) Entrégase copia de la presente Resolución a las Sras. Adriana Díaz y Patricia Buffarini y al Sr. Jorge Pedini.
Artículo 3°. -) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS.
Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante