Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0961/22

Decreto Nº 0961/22

General Pueyrredon, 09/05/2022

Visto

las previsiones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación del servicio de Higiene Urbana en el Partido de General Pueyrredon  (Licitación Pública nº 19/2015), respecto del Régimen de Redeterminación de Precios, y;

Considerando

 

                       Que conforme el artículo 65 del mencionado Pliego se establece como principio rector el mantenimiento de la ecuación económica financiera a través de un valor compensatorio del real incremento del costo sufrido por el contratista. Los precios correspondientes a la parte faltante a ejecutar, podrán ser redeterminados a solicitud del contratista cuando la “Estructura Real de Costos” refleje una variación promedio ponderada superior al 7% del valor del contrato o del precio surgido de la última redeterminación.

 

                       Que la empresa prestataria del servicio Transportes 9 de Julio S.A. solicitó la mencionada redeterminación de precios a partir del servicio prestado durante el mes de abril de 2022, fundamentado en la variación de los índices acumulados desde el mes de noviembre 2021 hasta el mes de marzo 2022, inclusive.

 

                       Que a partir de la presentación realizada en el mes de abril 2022, intervino la Contaduría Municipal dictaminando que corresponde acceder a lo solicitado en cuanto a la redeterminación de precios, atendiendo a los fundamentos vertidos en el informe de fs. 193/194, en el cual se especifica que la variación en el precio del servicio se sustenta en las escalas salariales aprobadas a partir del mes de marzo (Convenio Colectivo de Trabajo 40/89 - Acuerdos de Paritarias), y en el índice de precios publicados por el INDEC para el resto de los ítems citados en pliego.

 

                       Que de acuerdo con la metodología prevista en el mencionado Pliego de Bases y Condiciones, la “Estructura Real de Costos” y la evolución de los índices del mes de marzo de 2022 de acuerdo con la información oficial disponible, resulta que la variación promedio ponderada del costo del servicio superó la mencionada pauta del 7%; siendo la redeterminación aplicable a partir del mes de abril 2022, dado que las solicitudes fueron elevadas por escrito a la autoridad de aplicación junto con los antecedentes respaldatorios de las mismas y concordantemente el Pliego de Bases y Condiciones establece que los precios que se redeterminen regirán a partir del mes en que se produzca el pedido.

 

                       Que la empresa renuncia a todos los reclamos por mayores costos, compensaciones, intereses o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza hasta el mes de marzo de 2022, inclusive.

 

 

                       Que en razón de lo expuesto, y en uso de las facultades que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º- Apruébese la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($390.747.039,46.-)  como precio redeterminado del servicio de Higiene Urbana a partir del mes de abril de 2022.

 

ARTICULO 2º- Suscríbase el Acta de Redeterminación de Precios, cuyo texto obra como Anexo I al presente.

 

ARTICULO 3º- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.

 

ARTICULO 4º- Regístrese, dese al Boletín Municipal e intervenga la Secretaria de Economía y Hacienda, Contaduría Municipal, Tesorería Municipal.

 

            BLANCO                                                                  MONTENEGRO

 

ANEXO I

 

ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Pliego de Bases y Condiciones del Servicio de Higiene Urbana del Partido de General Pueyrredon, se firma la presente Acta de Redeterminación de Precios, entre la Municipalidad de Gral. Pueyrredon, representada en este acto por el Sr. Guillermo Tristán Montenegro en su carácter de Intendente Municipal, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” y la Empresa Transportes 9 de Julio S.A., representada en este Acto por el Sr. Miguel Cesar Iturrieta en su carácter de apoderado, en adelante “LA EMPRESA”, a fin de convenir las siguientes cláusulas:

 

PRIMERA:    “LA MUNICIPALIDAD” reconoce a favor de “LA EMPRESA” como  nuevo precio mensual redeterminado por el Servicio de Higiene Urbana, a partir del 1º de abril de 2022 el de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($390.747.039,46.-),  debiendo “LA EMPRESA” ampliar dentro del plazo de diez (10) días hábiles la garantía contractual tomando en cuenta el nuevo precio mensual antedicho.

 

SEGUNDA: A los fines de la determinación de los nuevos valores de los diferentes servicios que presta “LA EMPRESA”, como asimismo respecto de los valores por cuadra, y para todos sus efectos, se aplicará al precio vigente el porcentaje de aumento que por este acto se reconoce como ajuste global de la facturación mensual a partir del mes de abril de 2022, es decir el 12,43%.

 

TERCERA: “LA EMPRESA” renuncia expresamente a todos los reclamos por mayores costos, compensaciones, intereses o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza hasta el mes de marzo de 2022, inclusive; así como las modalidades de pago que el Departamento Ejecutivo estableció en el pasado y establezca para la presente re-determinación y acepta que las diferencias originadas entre el importe redeterminado y el precio original no darán lugar a reconocimiento de interés y/o actualización por el período comprendido entre el 01 de noviembre 2021 y el 31 de marzo de 2022.

 

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Mar del Plata a los  ……  días del mes de mayo de 2022.