Boletines/Magdalena
Decreto Nº 375
Magdalena, 01/04/2022
Visto
El expediente Letra I Nº 556 / 21 mediante el cual tramita el Concurso de Precios N° 13 / 21, para la “CONTRATACION DE MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DE MUROS MEDIANEROS, VEREDA Y CUBIERTA DE LA DELEGACION DE BARTOLOME BAVIO, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-
Considerando
Que, el día 27 del mes de Septiembre del año 2021 ha sido suscripto contrato con la empresa TACOVITT EMPRENDIMIENTOS S.A. representada por el Sr. Nicolás Juan Ronconi DNI. 31.301.599, por un valor total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHO ($ 2.032.508,00).-
Que ha sido emitido el certificado de obra N°1 por un monto de PESOS SETECIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($715.469,00)
Que el presente certificado se encuentra afianzado por la Póliza de Caución de garantía de Contrato Nº 376.833 de PESOS CIENTO UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO CON CUARENTA CVOS ($101.625.40). Y Póliza de caución de garantía de obra Nº 18619 de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON CUARENTA Y CINCO CVOS ($35.773,45)
Que, debe realizarse el descuento correspondiente al anticipo financiero de 20% por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL NOVENTA Y TRES CON OCHENTA CVOS. ($143.093,80).
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la empresa TACOVITT EMPRENDIMIENTOS S.A. representada por el SR Nicolás J. Ronconi DNI Nº 31.301.599, por un monto de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON VEINTE CVOS ($572.375,20) en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-
ARTICULO 2º: el presente certificado se encuentra afianzado por la Póliza de Caución de garantía de Contrato Nº 376.833 de PESOS CIENTO UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO CON CUARENTA CVOS ($101.625.40). Y Póliza de caución de garantía de obra Nº 18619 de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON CUARENTA Y CINCO CVOS ($35.773,45)
ARTICULO 3º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 – Partida 4.2.2.0, "CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO” - PROGRAMA 23, FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena Sra. Marina Blanco.-
ARTICULO 5º: Comuníquese, a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno