Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº623/2022

Decreto Nº 623/2022

Trenque Lauquen, 09/03/2022

623-22 Diferencia Honorarios y Aportes NUEVO JORGE - Expte. 4248-2019

Visto

                   Que en “MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN C/ NUEVO JORGE OMAR Y OTRO/A S/ APREMIO” Expte. Nº 4248 - 2019, se han regulado honorarios judiciales por las labores de las Dras. Mariela Noemí Jonte y Verónica Beatriz Lafón, en la suma de Pesos cinco mil seiscientos sesenta y ocho con 93/100 centavos ($5.668,93), a favor de cada letrada, dado que los honorarios pactados en el convenio de pago suscripto en fecha 18/02/2022 no satisfacía el mínimo legal previsto por el art. 22 de la ley 14.967, lo que hace un total de Pesos once mil trescientos treinta y siete con 86/100 centavos ($11.337,86), Ingresando al arca del Municipio el 50%, que asciende a la suma Pesos cinco mil seiscientos sesenta y ocho con 93/100 centavos ($5.668,93).-

Teniendo presente que la parte demandada ha abonado la diferencia existente por los aportes previsionales correspondientes (10%), quedando deducir de los honorarios regulados la suma de Pesos doscientos cuarenta y dos con 31/100 centavos ($242,31), correspondiente a Ingresos Brutos (3.5%) y aporte previsional (10%) a cargo de cada letrado; y,

Considerando

Lo dispuesto por la Ley 8838, en cuanto a que el cincuenta por ciento (50%) de los honorarios netos regulados por la labor de los abogados municipales, puede ser distribuidos entre ellos. -

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Líbrense las siguientes órdenes de pago:

a) Para la Dra. MARIELA NOEMÍ JONTE: Pesos dos mil quinientos noventa y dos con 15/100 centavos ($2.592,15), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-

b) Para la Dra. VERÓNICA BEATRIZ LAFON: Pesos dos mil quinientos noventa y dos con 15/100 centavos ($2.592,15), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-

ARTICUL0 2º: Dése la debida intervención a la Contaduría Municipal y a la tesorería Municipal. -

ARTICULO 3º: Regístrese y cúmplase. -

Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretaria Administ. y Gestión Tributaria
Municipalidad de Trenque Lauquen 
 
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente 
Municipal de Trenque Lauquen