Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5272/2022

Ordenanza Nº 5272/2022

Trenque Lauquen, 16/05/2022

ORDENANZA N° 5272/2022

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

En fecha 17/3/2021 se procedió a la apertura de sobres de la Licitación Privada 10/2021 para la Adquisición de la provisión y colocación de pavimento intertrabado en Plaza San Martin de la ciudad de Trenque Lauquen, de conformidad con las particularidades del Pliego de Bases y Condiciones respectivo.

Se presentaron al Acto de Apertura mencionado sólo dos empresas, MORI OLAVARRIA S.A. realizando una propuesta por la suma de $5.413.848 y SUPERBLOK realizando propuesta con dos opciones por la suma de $2.539.800 y $3.072.750 respectivamente, sin cotizar mano de obra, no colocando el importe del IVA y no colocados en Trenque Lauquen.

Asimismo, la empresa SUPERBLOK entrega documentación incompleta: falta de pagare y firmas correspondientes.

En este sentido, la Oficina de Compras de la Municipalidad de Trenque Lauquen, procedió a analizar debidamente las ofertas presentadas.

Por su parte, el Subsecretario de Gestión de Obras Publicas de la Municipalidad de Trenque Lauquen, en el abordaje de las características técnicas de las ofertas, dictaminó que MORI OLAVARRIA S.A. es la única empresa que incluye la provisión de los materiales y la colocación del pavimento intertrabado ajustándose a las especificaciones exigidas en el Pliego licitatorio de Bases y Condiciones.

Elevados dichos dictámenes al Departamento Ejecutivo, y analizadas las dos propuestas, el Departamento Ejecutivo estimó que correspondía hacer lugar a la compra respecto de la propuesta efectuada por la empresa MORI OLAVARRIA S.A.

Que luego de adjudicada la licitación a la empresa MORI OLAVARRIA S.A. y realizada la colocación y provisión del material, se genera observación del Honorable Tribunal de Cuentas entendiéndose que la propuesta presentada por SUPERBLOK no se ajustaba a las condiciones de la licitación, por lo que no se le podía conferir el carácter de oferta en los términos del artículo 182 del Reglamento de Contabilidad, situación que provocó una sola oferta viable.

Por lo tanto, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante expedirse expresamente autorizando al Departamento Ejecutivo a proceder a la aceptación de la misma, en un todo de conformidad con las disposiciones del ART. 155° LOM, en tanto dispone que “Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio.”

Por lo expuesto precedentemente se propicia la norma en cuestión (Exp. N° 4857/04 HCD.

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1°.-) En un todo de conformidad con las consideraciones expuestas y las previsiones del Art. 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la aceptación de la oferta de la Empresa MORI OLAVARRIA S.A., por la suma de $5.413.848.- presentada en el marco de la Licitación Privada Nº 10/2021 para la Adquisición de la provisión y colocación de pavimento intertrabado en Plaza San Martín de la ciudad de Trenque Lauquen - Expediente Administrativo Nº 474/2021.

Artículo 2°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DIESCISEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDOS.

Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1333/2022 – 26/05/2022

Firma:    Sr. Esteban Vidal – Intendente Municipal Interino.

               Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.