Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 547/2022
Trenque Lauquen, 13/06/2022
Visto
El proyecto Expte. D-3 22/23 presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires que tiene por objeto la creación de un régimen de protección, promoción y desarrollo de la actividad apícola e incentivar “la experimentación, investigación y enseñanza encaminadas a lograr la incrementación y mejoramiento de los productos y subproductos de la apicultura (Exp. N° 3052/98 HCD.); y
Considerando
Que Argentina es, a nivel mundial el cuarto país productor y el segundo exportador de productos apícolas, mientras que la Provincia de Buenos Aires supera el 51% de la producción nacional, con más de 4.500 productores registrados y 1.274.921 colmenas. Entre los países productores de miel, la Argentina se ha posicionado en el tercer lugar a nivel mundial, después de China y Estados Unidos, lo que representa el 70% de la miel producida en el hemisferio sur del Continente Americano, a la vez que concentra el 25% de la producción de todo el continente, y el 6% del total producido en el mundo (CFI);
Que, a raíz de esto, proponemos un instrumento legal que otorgue a la apicultura un lugar de primer orden en la actividad agraria, que potencie su importancia para el desarrollo de nuestra provincia, de sus productores, de muchas familias que podrían acercarse a la actividad, que la provea de los mecanismos para obtener mayor valor agregado, que busque mercados, y que su concepto también trascienda a los productos de la colmena, para interpretarla debidamente con perspectiva ambiental;
Que en el proyecto se comprenden las actividades de crianza de abejas reinas, producción de material vivo, producción de miel, la trashumancia, la polinización de cultivos entomófilos, la producción de jalea real, cera, propóleos, polen y demás productos obtenidos de la colmena, también, por ser parte de la cadena apícola, el acopio, la industrialización y/o comercialización a través de la preparación, la conservación, el fraccionamiento y la presentación de cada uno de los productos arriba descriptos, destinados al consumo humano y/o industrial, tanto en el mercado interno como externo, y la fabricación y utilización de implementos, equipos e insumos destinados a la producción apícola y otras actividades que pudieran generarse;
Que se crea un Fondo Provincial de protección, fomento y desarrollo de la apicultura, tomando el ejemplo de la ley santafecina (ley 8413) en tanto otorga certeza a la posibilidad de contar con un financiamiento acorde a los postulados de la propuesta;
Destacamos la posibilidad que se le brinda a su administración de destinar parte del fondo (hasta un límite del 15%), en acciones de apoyo general para el fomento y desarrollo de la actividad apícola, como por ejemplo campañas de difusión, estudios de mercado y transferir la información a los productores, acciones tendientes a la apertura y mantenimiento de los mercados, etc;
Que, entre las medidas de promoción que trae la norma que propugnamos, se encuentran: a) La declaración de los días 21 de junio como "Día de la Apicultura", con el objeto de realizar actividades promocionales y de difusión sobre los beneficios de la apicultura y de sus productos, y la del 20 de mayo como "Día de las Abejas", que será utilizado para crear conciencia sobre la importancia de estos insectos, su rol polinizador, las amenazas que enfrentan y su aporte a la preservación de la biodiversidad y el desarrollo sostenible. Esta última en consonancia con lo establecido por la ONU, actividad que en nuestro país viene ganando adeptos año a año, desde gobiernos locales, como el provincial, a instituciones privada como la SADA (Sociedad Argentina de Apicultores). En materia educativa, proponemos que sea la Dirección General de Cultura y Educación, la encargada de incluir la temática en su área, para que desde la enseñanza oficial se aprecie la importancia tanto de la apicultura como de la necesidad de proteger a las abejas;
Que, desde la perspectiva ambiental, el aporte de la apicultura a la sustentabilidad, donde los bajos consumos de agua y energía que registra la actividad, los escasos residuos que genera, sus bajas emisiones de CO2, el bajo impacto en el uso del suelo y esencialmente el aporte a la biodiversidad y mantenimiento de los ecosistemas debido al proceso de polinización, aportan las evidencias. Sobre los motivos por los cuales necesitamos a los polinizadores como la abeja, un documento de la ONU da cuenta que “los polinizadores permiten que muchas plantas, incluidos muchos cultivos, se reproduzcan”. Todos dependemos de la supervivencia de las abejas.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
R E S O L U C I Ó N
Artículo 1º.-) Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires el tratamiento sin demoras del proyecto EXPTE D- 3 22/23, que tiene por objeto la creación de un régimen de protección, promoción y desarrollo de la actividad apícola.
Artículo 2º.-) Elevar copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y a los Bloques que la conforman.
Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante