Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 826/2022
Trenque Lauquen, 28/03/2022
826-22 Deja sin efecto Protocolo Sala Velatoria Covid19
Visto
La actual situación epidemiológica en la ciudad de Trenque Lauquen, y
Considerando
Que durante el desarrollo de la Pandemia Covid-19 tanto a nivel Nacional, como Provincial y Municipal, se procedió a reglamentar el uso de las Salas Velatorias en línea con las disposiciones del Protocolo para el Desarrollo de Velatorios para Prevención y Manejo de Casos de Covid-19 a fin de prevenir y gestionar de manera adecuada los riesgos de infección por COVID-19 respecto de los empleados y concurrentes a los establecimientos en los que se realizara la actividad de velatorios;
Que a través de dichos procedimientos se intentó minimizar las posibilidades de contagio de covid-19, fijando para ello las condiciones de prevención y recaudos necesarios;
Que la nueva situación sanitaria, de evidente repliegue del avance del Virus Covid-19, reinante no solo en nuestro Distrito, sino en todo el país, permite afortunadamente reconsiderara esta normativa, por lo que se ha considerado conveniente dejar sin efecto las restricciones y reglamentaciones específicas que acotaran los horarios y formas de llevar adelante los servicios en las Salas Velatorias,
Que en base a ello resulta necesario proceder al dictado de un acto administrativo que deje sin efecto la normativa oportunamente dictada en el marco de la Emergencia;
Que los términos del presente decreto han sido previamente consensuados con la Cooperativa de Electricidad de Trenque Lauquen, en tanto prestador del Servicio en el Distrito;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1°: De conformidad con las consideraciones previamente expuestas, déjase sin efecto toda disposición municipal que durante la Pandemia se hubiera dictado con la finalidad de reglamentar el uso de las Salas Velatorias en el marco del Protocolo para el Desarrollo de Velatorios para Prevención y Manejo de Casos de Covid-19 respecto de los empleados y concurrentes a los establecimientos en los que se realizara la actividad de velatorios
ARTÍCULO 2°: En base a lo expuesto, las actividades mencionadas volverán a desarrollarse del modo que el propio prestador del servicio disponga, de acuerdo a los parámetros que a tal fin considere convenientes.
ARTÍCULO 3°: Sin perjuicio de lo expuesto, requiérase al prestador del servicio adoptar y difundir el respecto hacia las medidas mínimas de seguridad y prevención necesarias para continuar conviviendo de un modo responsable.
ARTÍCULO 4°: Hágase saber de los términos del presente a la Cooperativa de Electricidad de Trenque Lauquen, en tanto prestador del Servicio, remitiéndose copia del presente instrumento.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y oportunamente Archívese.-
Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen