Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1000/2022

Decreto Nº 1000/2022

Trenque Lauquen, 18/04/2022

1000-22 DEMARCACION ESTACIONAMIENTO SRA. GIANGIACOMO, MA. GABRIELA - Sarmiento 369

Visto

La nota presentada por la Sra. GIANGIACOMO, MARÍA GABRIELA; quien solicita que se establezca un sector reservado en la vía pública frente a su domicilio para estacionamiento (Expediente 720/2022); y,

Considerando

Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;

Que habiéndose acreditado el fundamento de la solicitud, corresponde encuadrar la misma en las previsiones del artículo 7º de la Ordenanza referida;

Que conforme surge de la nota presentada, la petición está orientada a facilitar el ascenso y descenso de la solicitante y el estacionamiento de la ambulancia cuando debe realizar asistencia domiciliaria; por ello debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;

Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con la entrada para vehículos que posee el inmueble sito en calle Sarmiento Nº 369 de Trenque Lauquen;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º: Concédase a la Sra. GIANGIACOMO, MARÍA GABRIELA; un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo en calle Sarmiento Nº 369 de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los Considerandos precedentes.-

ARTICULO 2º: Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión y/o en caso de registrarse mora en cualquiera de las obligaciones tributarias que graven la parcela involucrada. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte de la interesada.-

ARTICULO 3º: Dicho espacio tendrá una extensión lineal de hasta seis metros (6 m) contados sobre la entrada de vehículos que posee el inmueble, pudiendo excederlo hasta totalizar dicha medida. El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar. Decreto Nº 302/22” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-

ARTICULO 4º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno 
Municipalidad de Trenque Lauquen

Dr. Miguel A. Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen