Boletines/Magdalena

Decreto Nº568

Decreto Nº 568

Magdalena, 06/05/2022

Visto

La participación de  integrantes del cuerpo de Bomberos Voluntarios de Magdalena que combatieron el fuego durante los devastadores incendios ocurrido en la provincia de Corrientes durante el mes de Febrero del corriente, y;

Considerando

Que los incendios en la provincia de Corrientes fueron considerados los más importantes de la historia del país, por dimensión del foco alcanzado y los daños ocasionados,

Que desde todo el país, incluso de países limítrofes, acudieron para colaborar con los cuarteles de Bomberos de esa provincia,

Que con fecha 15 de Febrero de 2022 el Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires convoco a la Federación Bonaerense de Bomberos Voluntarios para solicitar el desplazamiento de personal capacitado y certificado para combatir incendios forestales.

Que es ese marco el cuartel de Bomberos Voluntarios de Magdalena dispuso que quienes cumplían con los requisitos exigidos eran: el Suboficial Mayor Manuel Tisera, Bombero Voluntario Maximiliano rendo, Bombero Voluntario Guadalupe Palacios y Bombero Voluntario Víctor Ramos,

Que el 17 de Febrero de 2022 partieron hacia la provincia de Corrientes con equipos provistos por el propio cuartes, retornando a la ciudad de Magdalena el día 27 de Febrero de este año.                      

Por lo expuesto,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: RECONOCESE a los miembro del cuartel de Bomberos Voluntarios de Magdalena: el Suboficial Mayor MANUEL TISERA, Bombero Voluntario MAXIMILIANO RENDO, Bombero Voluntario GUADALUPE PALACIOS y Bombero Voluntario VÍCTOR RAMOS por su loable labor realizada en el combate de los incendios e la provincia de Corrientes.-

ARTÍCULO 2º: Establecer que dicho reconocimiento será otorgado por el Sr. Intendente Municipal, Lic Gonzalo Peluso, el próximo día 2 de Junio de 2022 en los actos que se desarrollen  con motivo de conmemorarse el Día Nacional del Bombero Voluntario

ARTÍCULO 3º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretario de Gobierno Dña. Marina Natalia Blanco.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno