Boletines/Magdalena

Decreto Nº793

Decreto Nº 793

Magdalena, 24/09/2022

Visto

Las actuaciones del expediente electrónico Número 1801-22  mediante las cuales EPC S.A. C.U.I.T: 30-71555785-8, solicita habilitación Municipal del comercio cuya actividades son VENTA DE ARTICULOS DE LIBRERÍA, BAZAR, FERRETERIA INDUSTRIAL, VENTA DE ARTICULOS DEL HOGAR, ARTICULOS DE ELECTRICIDAD, MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION, PINTURAS, ARTICULOS DE LIMPIEZA, VIVERES SECOS, INDUMENTARIA TEXTIL, JUGUETERIA, ubicado en Calle  5 LOS COLIBRIES ESQUINA 8 LOS FRESNOS del Barrio LOS NARANJOS, Partido de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello,

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la habilitación del establecimiento comercial cuyas actividades son  VENTA DE ARTICULOS DE LIBRERÍA-(Código de Actividad 61-400-03); BAZAR (Código de Actividad: 61.600-01); FERRETERIA INDUSTRIAL (Código de actividad: 61.600-05), VENTA DE ARTICULOS DEL HOGAR (Código de actividad 61.600-08), ARTICULOS DE ELECTRICIDAD  (Código de actividad: 61.600-08); VENTA DE MATERIALES DE CONSTRUCCION (Código de actividad: 61.600-03); PINTURA (Código de actividad: 61.500-02); ARTICULOS DE LIMPIEZA (Código de Actividad 61-900-08); VIVERES SECOS (Código de Actividad 61.200-10); INDUMENTARIA TEXTIL (Código de Actividad 61-300-07); JUGUETERIA (Código de Actividad 61.900-09), propiedad de EPC S.A. –                                                         C.U.I.T: 30-71555785-8 Legajo Municipal Nº 63012 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Manzana 13, Parcela 4 y, Partida Inmobiliaria Nº 21261, ubicado en calle 5 LOS COLIBRIES ESQUINA 8 LOS FRESNOS del Barrio LOS NARANJOS, Partido de Magdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendada por la Señora Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al registro municipal y archívese.

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno