Boletines/Magdalena
Decreto Nº 951
Magdalena, 22/07/2022
Visto
Qu
Que por los Expedientes Letra “A” Nro. 938/2021 y Letra “A” 296/22 se tramitan las Eximiciones correspondientes a las Tasas Territoriales de las Entidades de Bien Público registradas en el Partido de Magdalena como tales.
Que en dichos Expedientes intervienen las Dependencias Municipales necesarias para determinar los aspectos indispensables a fin de que las Entidades gocen del beneficio correspondiente para los años 2021 y 2022.
Que GAUCHOS DE MAGDALENA, registrado bajo ENTIDAD NRO. 30 en la Municipalidad de Magdalena posee la titularidad de las Partidas identificadas con los Nros.: 02575 (Circunscripción I Sección F Quinta 160) y 02576 (Circunscripción I Sección F Quinta 157) las cuales tributan la Tasa por Servicios Generales Urbanos-Tasa para el Control de la Vía Pública.
Considerando
Que efectuados los informes del Registro de Entidades de Bien Público, de las Oficinas de Catastro y Asesoría Letrada, se desprende que se encuentra comprendida dentro de la Reglamentación Vigente, Ordenanza Nro. 3448/17,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones,
DECRETA
ARTICULO 1º: HACER LUGAR, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente, a la EXIMICIÓN del pago por el año 2021 y 2022de la TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS-TCVP por las Partidas designadas catastralmente como 02575 y 2576 propiedades de GAUCHOS DE MAGDALENA (Entidad Nro. 30).
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena (Cr. Andrés Luciano García).
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda