Boletines/Magdalena

Decreto Nº1091

Decreto Nº 1091

Magdalena, 23/08/2022

Visto

 

El expediente Letra “S Nº 822/22 mediante el cual tramita la Contratación directa del Servicio de recolección de residuos Tradicionales en las Localidades  de Magdalena, Empalme, Magdalena.-, y

 

 

Considerando

Que, el día 04 del mes de Agosto  del año 2022 ha sido suscripto contrato con la Cooperativa Los Toldos LTDA representada por el Sr. Jara Jorge Gastón, DNI. 25.476.212, por un valor  de PESOS CIENTO VEINTISEIS ($126,00) Por recolección de residuos Domiciliarios por día, por cuadra y PESOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS   ($28.800,00) por viaje a CEAMSE.-

                       Que la presente  contratación se realizara por el Plazo de  seis (6) meses  desde el 1 de Agosto de 2022  hasta el 31 de Enero del 2023, con opción a Prorroga por un Año más.

 

    Que  el objeto de Contrato es para la Recolección Domiciliaria  de Residuos  de la Localidad de Magdalena y Empalme Magdalena

    Que  por ser un Servicio Público se necesita  la Autorización  del Honorable Consejo Deliberante  Atento a lo nombrado  por la LOM (Ley Orgánica Municipal)

    Que por la Continuidad de Servicio el Presente Decreto se hace AD REFERENDUM  del Honorable Consejo Deliberante.

    Por ello

                   

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

    D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: CONVALIDESE  AD REFERENDUM  DEL  HCD el contrato suscripto entre La Municipalidad de Magdalena  y la  COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA, representada por el Sr. JARA JORGE GASTON. D.N.I. 25.476.212, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º:   El Objeto de Mismo es para la Recolección de Residuos en la Localidad de Magdalena y Empalme Magdalena.-

ARTÍCULO 3º: AFECTESE  las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción  10000, Programa 20, Partida 3-3-9-0 “otros Servicios” con fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 4°  El presente Decreto Sera Refrendado por el Sr. Secretaria de Gobierno  de la Municipalidad de Magdalena  Marina Blanco.                                           

ARTICULO 5 : Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Municipal  y archívese.

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno