Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5310/2022
Trenque Lauquen, 16/08/2022
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
En fecha 06 de junio de 2022, el Consejo de Administración de la Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios Eléctricos, Obras y Servicios Públicos, Asistenciales, Vivienda y Consumo de Trenque Lauquen, a través de sus representantes, remitió nota al Departamento Ejecutivo Municipal en virtud de la cual informa que en su reunión de fecha 23/5/22 ha optado por prorrogar la concesión vigente por un periodo de treinta (30) años a partir del vencimiento;
La mencionada concesión surge del contrato suscripto en fecha 29/3/1999 y Ordenanza 1718/99, en el marco de la Ley 11769 que estableciera el Marco Regulatorio Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires;
El plazo por el cual se suscribiera aquella primera concesión fue de veinticinco (25) años, acordándose la posibilidad de su prórroga por dos periodos de treinta (30) años cada uno, frente a la sola solicitud del Concesionario (art. 3);
Dicha facultad, conforme las previsiones del mencionado instrumento legal, sólo puede ejercerse con una anticipación no menor a dieciocho (18) meses al vencimiento del plazo contractual originario;
De este modo, encontrándose cumplidos los requisitos para acceder a lo peticionado, corresponde propiciar la norma que a continuación se transcribe. (Exp. N° 3304/99 HCD.).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1°.-) En un todo de conformidad con las consideraciones expuestas y las previsiones de la Ordenanza 1718/99 y contrato suscripto en fecha 29/3/1999 en el marco de la Ley 11769 que estableciera el Marco Regulatorio Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires, prorrógase la concesión del servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica en el Partido de Trenque Lauquen a la Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios Eléctricos, Obras y Servicios Públicos, Asistenciales, Vivienda y Consumo de Trenque Lauquen, por un (1) período de treinta (30) años, computable a partir del vencimiento del plazo contractual establecido.
Artículo 2°.-) Del mismo modo, quedarán prorrogados las acciones, derechos y obligaciones emergentes del contrato mencionado, suscripto en fecha 29/3/1999.
Artículo 3°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 2116/2022 – 22/08/2022
Firma: Dr. Miguel A. Fernández – Intendente Municipal.
Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.