Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5325/2022

Ordenanza Nº 5325/2022

Trenque Lauquen, 12/09/2022

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Mediante las Ordenanzas N° 3588/2010, N° 5150/2021, N° 5230/2021 y Decreto Reglamentario N° 1245/2021 se llevó adelante la operatoria del denominado Plan de viviendas “Tu Lote, Tu Casa - Etapa I”, en virtud del cual se adjudicarán cincuenta (50) lotes a la misma cantidad de beneficiarios que cumplieran las condiciones establecidas en la reglamentación pertinente;

Conforme a las disposiciones de los Arts. 2°, 3°, 4° y 6° de la Ordenanza N° 5150/2021 y Arts. 3° y 5° del Decreto Reglamentario N° 1245/2021 los aspirantes a ser adjudicatarios debían acreditar tener ingresos suficientes para hacer frente no solo al pago de las cuotas del terreno sino a la adquisición de una vivienda industrializada o a la construcción de una vivienda de tipo tradicional;

En tal contexto, entre los beneficiados en el orden de prelación dispuesto por sorteo, hubo un grupo de personas que se vieron afectados por dicho requisito en virtud de resultarles imposible contar con constancias documentales suficientes que acreditaran el nivel de ingresos requeridos;

Sin embargo, convocados que fueran luego por el Departamento Ejecutivo, manifestaron que el hecho de no poder acreditar dichos extremos no les impedía poder acceder a la adquisición de una vivienda industrializada en caso que se les asignara un lote;

El espíritu de este Plan de viviendas surgió en el Gobierno Municipal con la intención de poder brindar una alternativa a aquellas personas que por su nivel de ingresos o condición irregular de los mismos, se ven privados de acceder al sistema tradicional de créditos o financiación bancaria, La decisión de implantación de las viviendas cuyos lotes se adjudicaran por el Plan de viviendas “Tu Lote, Tu Casa - Etapa I” recayó sobre dos manzanas, identificadas catastralmente como: Chacras 222ar y 222as;

Habiendo sido dichos inmuebles subdivididos bajo los conceptos del denominado diseño especial, que permitió obtener lotes de 10 metros de ancho, el total de lotes así obtenidos ascendió a la cantidad de cincuenta y seis (56) y, teniendo en cuenta que los adjudicados han sido cincuenta, quedan aún disponibles seis (6) lotes en dicha ubicación. Asimismo, en la manzana contigua identificada catastralmente como Chacra 222at quedan disponibles dos (2) lotes;

En tal contexto, con el objeto de otorgar la posibilidad de acceder a aquellas personas que, si bien fueron favorecidas en el sorteo del orden de prelación no pudieron acreditar fehacientemente sus ingresos, se ha considerado posible y conveniente, autorizar al Departamento Ejecutivo a poner a disposición de los mismos los ocho (8) lotes restantes en los amanzanamientos mencionados en tanto y en cuanto acrediten, conforme a la reglamentación que tal fin se autoriza dictar, haber adquirido una vivienda de tipo industrializada, en cuyo caso les será asignado un lote de los indicados precedentemente (Exp. N° 6524/21 HCD.).

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1°.-) En un todo de conformidad con los antecedentes expuestos, autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a adjudicar en venta los lotes identificados catastralmente como: Circunscripción XVII; Sección C; Chacra 222ar; Parcelas 23, 24, 25, 26, 27 y 28, y Chacra 222at Parcelas 16a y 18a, a quienes habiendo sido excluidos del listado de beneficiarios del Plan de viviendas “Tu. Lote, Tu Casa - Etapa 1” por aplicación del Artículo 6° de la Ord. 3588/2010 y Artículo 6° de la Ord. 5150/2021 acrediten, conforme la reglamentación a dictarse, haber adquirido una vivienda de tipo industrializada.

Artículo 2°.-) Instase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la operatoria autorizada por el Artículo que antecede.

Artículo 3°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.

Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 2345/2022 – 19/09/2022

Firma:    Dr. Miguel A. Fernández – Intendente Municipal.

               Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.