Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 130/2022
Trenque Lauquen, 08/08/2022
Visto
La nota presentada por la Subsecretaría de Gestión de Obras Públicas, y
Considerando
Que, mediante la misma, la citada Subsecretaría se declara incompetente para llevar a cabo la dirección de la Oficina de Obras Particulares y Catastro por carecer de personal disponible que posea los conocimientos y experiencia suficientes, por tener la totalidad del personal técnico de la oficina respectiva avocado al seguimiento de las obras en curso;
Que, sin perjuicio de lo expuesto, indica que resulta de fundamental importancia el valladar que se presenta al requerir que el cargo sea desempeñado por un profesional del ramo que no se desempeñe en el ámbito privado, a fin de evitar eventuales conflictos de intereses;
Que este Departamento Ejecutivo, atento a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal, se encuentra facultado para reconocer la incompetencia de la citada dependencia;
Que, en consecuencia
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Reconocer la incompetencia de la Subsecretaría de Gestión de Obras Públicas de la Municipalidad de Trenque Lauquen para llevar a cabo la Dirección de la Oficina de Obras Particulares y Catastro, en razón de lo expuesto en los considerandos precedentes.-
ARTICULO 2º: Autorizar por ello la contratación de un profesional que cumpla con las exigencias requeridas para desempeñar dicha labor, debiendo los emolumentos a abonar
mantener consonancia con los sueldos correspondientes a quienes se desempeñen en tareas similares.
ARTICULO 3º: Notifíquese, dése razón a Contaduría, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dr. Gustavo Andrés Marchabalo
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Angel Fernández
Intendente