Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2041/2022

Decreto Nº 2041/2022

Trenque Lauquen, 11/08/2022

2041-22 Designa descanso DESCANSO EXCEPCIONAL Resolución Provincial Nº 155-2020

Visto

La Resolución Provincial 155/2020 que dispone un descanso excepcional por el termino máximo de DOCE (12) días, fraccionado en dos etapas, y;

Considerando

Que, desde la declaración del estado de emergencia, por la Pandemia COVID-19, el personal dependiente de los Hospitales y Centros de Salud, Hogares de Adultos Mayores y Hogares de Personas con Discapacidad de la Municipalidad de Trenque Lauquen, se ha visto afectado a la atención continua de pacientes como de servicios relacionados a la contención de la Pandemia precitada;

Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Resolucion 155/2020, a determinado la posibilidad de otorgar un descanso excepcional para todo el personal afectado a los lugares mencionados arriba;

Que, en tal sentido, a nivel local, corresponde aplicar el mismo criterio, otorgando un descanso de carácter excepcional, al personal afectado a la atención de la emergencia sanitaria;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese otorgar a todo el personal dependiente de los Hospitales, Centros de Salud, Hogares de Adultos Mayores y Hogares de Personas con Discapacidad de la Municipalidad de Trenque Lauquen, con excepción expresa de todo aquel que haya ingresado a partir del 1º de enero del 2022 o haya estado dispensado de asistir a su lugar de trabajo por distintas razones, un descanso excepcional de CATORCE (14) días corridos o proporcional al tiempo trabajado efectivamente durante la Pandemia, los que podrán ser fraccionados en hasta DOS (2) periodos, sin afectar las remuneraciones normales y habituales que les corresponda percibir. Todo ello en concordancia con los dispuesto por la

Resolución Provincial 155/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, que se incluye como Anexo I del presente.

ARTICULO 2º.- El descanso excepcional dispuesto podrá ser utilizado entre el 01 de agosto del 2022 y hasta el 30 de noviembre de 2023. El mismo no podrá utilizarse conjuntamente con la Licencia Anual Ordinaria y podrá ser interrumpido de manera inmediata por razones de servicio en cualquier estadio por la autoridad que haya dispuesto su otorgamiento, pudiéndose hacer uso del remanente de días, una vez finalizada la causal de interrupción del descanso.

ARTICULO 3º.- Autorizase a quienes ejerzan las funciones directivas en las distintas dependencias mencionadas en el artículo 1º, a otorgar el “Descanso Excepcional COVID-19”, en la forma y procedimientos previstos para la Licencia por Descanso Anual.

ARTICULO 4º.- A los efectos del presente Decreto se tomará como periodo de pandemia el que va de marzo de 2020 a marzo de 2022.

ARTICULO 5º.- Comuníquese a: Dirección de Recursos Humanos, Subsecretaría de Salud, Dirección Hospital Trenque Lauquen, Dirección Hospital 30 de Agosto, Dirección de Salud Comunitaria, Dirección de Tercera Edad y Dirección de Discapacidad. Regístrese y Archívese.

Dr. Gustavo Andrés Marchabalo
Secretario de Gobierno         

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen