Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 2090/2022
Trenque Lauquen, 18/08/2022
2090-22 DEMARCACION ESTACIONAMIENTO DR. RUBIO, ROBERTO MIGUEL - AYUDANTIA FISCAL- BELGRANO 661
Visto
La nota presentada por el Dr. Rubio, Roberto Miguel, en su carácter de Fiscal General Departamental; quien solicita que se establezca un sector reservado en la vía pública para estacionamiento frente al domicilio de la Ayudantía Fiscal de Estupefacientes (Expediente Nº 1600/2022); y,
Considerando
Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;
Que habiéndose acreditado el fundamento de la solicitud, corresponde encuadrar la misma en las previsiones del artículo 6º de la Ordenanza referida;
Que conforme surge de la nota presentada, la petición está orientada a facilitar el estacionamiento de vehículos oficiales; por ello debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;
Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con todo el frente del inmueble sito en calle Belgrano Nº 661 de Trenque Lauquen;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º: Concédase a la Ayudantía Fiscal de Estupefacientes; un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo en calle Belgrano Nº 661 de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los Considerandos precedentes.-
ARTICULO 2º: Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte del interesado.-
ARTICULO 3º: Dicho espacio tendrá una extensión lineal que cubra el frente del inmueble. El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar. Decreto Nº 2090/22” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-
ARTICULO 4º: Exímase del pago del tributo, conforme Art. 6º de la Ordenanza Municipal 4042/13.-
ARTICULO 5º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-
ARTICULO 6º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese
Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Trenque Lauquen
Dr. Miguel A. Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen