Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2090/2022

Decreto Nº 2090/2022

Trenque Lauquen, 18/08/2022

2090-22 DEMARCACION ESTACIONAMIENTO DR. RUBIO, ROBERTO MIGUEL - AYUDANTIA FISCAL- BELGRANO 661

Visto

La nota presentada por el Dr. Rubio, Roberto Miguel, en su carácter de Fiscal General Departamental; quien solicita que se establezca  un sector reservado en la vía pública para estacionamiento frente al domicilio de la Ayudantía Fiscal de Estupefacientes (Expediente Nº 1600/2022); y,

Considerando

Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;

Que habiéndose acreditado el fundamento  de la  solicitud, corresponde encuadrar  la  misma  en  las previsiones del artículo 6º de la Ordenanza referida;

Que  conforme surge de la nota presentada, la petición está orientada  a facilitar el estacionamiento de vehículos oficiales; por ello  debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso  de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;

Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con todo el frente del inmueble sito en calle Belgrano Nº 661 de Trenque Lauquen;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º:   Concédase a la Ayudantía Fiscal de Estupefacientes; un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo en calle Belgrano Nº 661 de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los Considerandos precedentes.-

ARTICULO 2º:   Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte del interesado.-

ARTICULO 3º:   Dicho espacio tendrá una extensión lineal que cubra el frente del inmueble.  El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar.  Decreto Nº 2090/22” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-

ARTICULO 4º:  Exímase del pago del tributo, conforme Art. 6º de la Ordenanza Municipal 4042/13.-

ARTICULO 5º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-

ARTICULO 6º:   Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno 
Municipalidad de Trenque Lauquen         

Dr. Miguel A. Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen