Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 180/2017
Hipólito Yrigoyen, 01/02/2017
Visto
La necesidad de reconocer al personal jerárquico respecto a la responsabilidad e importancia de sus funciones, y
Considerando
Que además de la dedicación propia que tiene el personal Jerárquico, se agrega la responsabilidad total por la implementación de las políticas públicas, y/o manejo de los recursos presupuestarios y humanos, del Municipio.
Que en el Articulo 7mo. de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos, aprobado por Ordenanza N° 76/16 indica que las Bonificaciones que correspondan al personal serán las que fije la Ley 14.656,-
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE HIPOLITO YRIGOYEN , -----------
Art.- 1: Establecer desde el mes de Enero de 2017 una bonificación especial por dedicación funcional para el personal jerárquico, siendo la misma sujeta a aportes
Art. 2: Asígnese la bonificación creada en el artículo anterior a los siguientes funcionarios:
Intendente Municipal: $ 19.800 (pesos diecinueve mil ochocientos).-
Sec. de Gob. y Hacienda – Contador: $ 10.800 (pesos diez mil ochocientos).-
Tesorero: $ 9.500 (pesos nueve mil quinientos).-
Directores de: Salud, Hospital, Vial, D. Social, Cultura, Producción y Desarrollo Local, Presupuesto, Gestión, Contaduría, Compras, Informática, Inspección General, Obras y Servicios, Deportes, Catastro, Adm. Hospital, Personal, Bromatología, Ingresos Públicos , Secretario Legal y Técnico y Delegado de Herrera Vegas (Cat. 05): $ 9.300 (pesos nueve mil trescientos).-
Jefes Jerárquicos: $ 5.800 (pesos cinco mil ochocientos).-
Kinesióloga: $ 14.200 (pesos catorce mil doscientos).-
Cardiólogo $ 19.000 (pesos diecinueve mil).-
Art.2: Las bonificaciones dispuestas en el articulo 1° serán atendidas con cargo a Las BONIFICACIONES dispuestas en EL Artículo 1, serán atendidas con cargo a: 1110102000 SEC.DE GOBIERNO Y HACIENDA 01 –ACCION COMUNAL- 16- DELEGACION HERRERA VEGAS- 1110103000 SEC.DE CULTURA- 16- ACCION CULTURAL- 01- CRUHY- – 17 DIRECCION DE DEPORTES- 18- DIRECCION DE CULTURA- 1110104000 SECRETARIA DE SALUD PUBLICA –16 HOSPITAL MUNICIPAL- 1110105000 SERVICIOS URBANOS -16 –
ALUMBRADO PUBLICO –18 CONST. CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA – 20- MEDIO AMBIENTE Y BROMATOLOGIA- 1110106000 SEC. DE OBRAS PUBLICAS-01- EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS- 1110107000- SERVICIOS VIALES- 01- ACCION VIAL- 1110108000 DESARROLLO SOCIAL -17 – ATENCION DE ANCIANOS- 18- ACCION SOCIAL DIRECTA – 1110109000 PRODUCCION -01 DESARROLLO LOCAL Y PRODUCCION- 1100- PERSONAL PERMANENTE- 1.1.3.0. RETRIBUCIONES QUE NO HACEN AL CARGO.----------------------------
Art. 3°): Regístrese, comuníquese, Para su conocimiento y efectos correspondientes pase a la Oficina de Personal, siga a Contaduría y Tesorería. Agréguese copia del presente Decreto en el Legajo ----------------------------------------------------------------------------------------------------------