Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2587/2022

Decreto Nº 2587/2022

Trenque Lauquen, 17/10/2022

2587-22 Autorización cremación cementerio

Visto

Las disposiciones vigentes del Reglamento de Cementerios Públicos del Distrito de Trenque Lauquen; y,

Considerando

Que mediante Ordenanza Nº 5222/21, promulgada por Decreto Nº 2666/21 se modificó el art. 52 del mencionado Reglamento, disponiendo actualmente que, transcurridos sesenta (60) días del vencimiento de derecho de uso otorgado en el Cementerio Local y, previo aviso al interesado o responsable del arrendamiento, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a la reubicación de los restos, el envío a tierra o disponer su cremación;

Que en tal contexto, no obstante haberse cumplido con el procedimiento indicado mediante la publicación edictal, se procedió a citar personalmente a los familiares, interesados y/o responsables a fin de manifestar su intención respecto del destino de los restos mortales en cuestión;

Que no obstante la mencionada publicación legal, se procedió igualmente a difundir ampliamente la convocatoria mencionada en distintos medios de comunicación masiva tales como diario local, radios y redes sociales.

En tal contexto, una importante cantidad de vecinos se ha presentado y ha decidido dar destino de cremación a los restos mortales en cuestión,

Sin embargo, en contraposición a ello, respecto de gran parte de los convocados, no se ha obtenido manifestación alguna, por lo que habiendo transcurrido holgadamente los plazos otorgados en forma fehaciente, corresponde dictar el presente acto administrativo, ordenando el envío a cremación de los féretros que en los listados adjuntos se identifican, individualizándose en cada caso la causa de la decisión.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º.- En un todo de conformidad con los términos del art. 52 del Reglamento de Cementerios Públicos del Distrito de Trenque Lauquen, dispónese la cremación de los restos mortales específicamente identificados en las planillas que como Anexos I y II se incorporan al presente.-

ARTICULO 2.- Autorízase a la Cooperativa de Electricidad de Trenque Lauquen para que proceda a llevar adelante todas las tareas que resulten necesarias para el traslado correspondiente hacia el Crematorio, sirviendo el presente Decreto de autorización suficiente a tal fin.

ARTICULO 3.- Hácese saber a la Oficina de Cementerio Municipal que para el caso de reingreso de las respectivas cenizas, deberá respetarse la decisión expresa oportunamente manifestada por los familiares, interesados y/o responsables.

ARTICULO 4.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y Archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno 
         
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen