Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5345/2022

Ordenanza Nº 5345/2022

Trenque Lauquen, 14/11/2022

VISTO: La necesidad edilicia que tiene el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N°40 (Exp. N° 6567/2022 HCD.) y;

CONSIDERANDO: Que el ISFDYT presta funciones desde hace 48 años, en el predio ubicado en la esquina Este de la intersección de calle Derqui y calle Quintana de la localidad de Trenque Lauquen;

Que previo al Instituto en este edificio, durante aproximadamente cincuenta años, prestó funciones la Escuela de nivel Primario N°3;

Que el Instituto brinda actualmente las carreras de Profesorado de Nivel primario, de Especial, de Historia, de Biología, de Lengua y Literatura, de Matemática, de Psicopedagogía; Enfermería y Acompañamiento Terapéutico.;

Que la cantidad de carreras y matrícula escolar lo obliga a utilizar otras instalaciones para poder responder a la demanda, lo cual complica la parte operativa;

Que además de la necesidad de aulas, necesita de locales especiales para los laboratorios, sala de profesores, secretarias, entre otros;

Que el edificio además de no poder albergar a toda su comunidad, dada su vetustez presenta problemas de humedad generalizada, instalaciones eléctricas y sanitarias con múltiples inconvenientes que las hacen no seguras;

Que hay necesidad imperiosa para prestar una educación de calidad que toda la unidad académica vuelva a estar en un núcleo edificio;

Que una refacción, readecuación y ampliación del edificio en dicho predio resulta más caro y complicado que realizar un edificio nuevo en otro lugar, y hay que tener en cuenta donde debería prestar funciones el Instituto durante la obra lo cual le acarrearía múltiples inconvenientes;

Que hoy al verse acordado un Convenio Tripartito de Administración de fondos entre el Ministerio de Educación de la Nación, la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Trenque Lauquen, la instrumentación de este acto permite el financiamiento de la obra;

Que además la Municipalidad cuenta con un espacio dentro del Polo Tecnológico para poder ubicar el nuevo edificio en calle Hernández entre Pacheco y Antonio Díaz;

Que el nuevo establecimiento se encontraría entre las instalaciones del Polo Tecnológico y el Espacio Recreativo María Castaño;

Que la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar establece la obligatoriedad de transferir el dominio de la parcela, antes de la recepción definitiva de la obra a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1°.-) Requiérase al Departamento Ejecutivo la mensura y división del inmueble de su propiedad, designado catastralmente como: Circunscripción I - Sección B - Quinta 49 - Fracción I - Parcela 1a, en dos parcelas, una de ellas de 35,00m de frente y 95,84m de fondo sobre calle José Hernández, (anexo II).

Artículo 2°.-) Autorizase al Departamento Ejecutivo a donar en favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una vez aprobado y Registrado el Plano, la parcela de 35,00m de frente por 95,84m de fondo indicada en el Artículo 1°.

Artículo 3°.-) La transferencia del inmueble indicado en el artículo anterior, deberá realizarse con el cargo que el mismo sea destinado exclusivamente al emplazamiento edilicio del Instituto Superior de Educación Docente y Técnica N°40 de Trenque Lauquen dentro del término máximo de un (1) año de la sanción de la presente.

Artículo 4°.-) En el caso de incumplimiento del cargo, el inmueble deberá ser restituido al dominio Municipal.

Artículo 5°.-) Facúltese al Departamento Ejecutivo a suscribir los instrumentos necesarios y toda otra documentación complementaria para posibilitar la transferencia del inmueble detallado en el Artículo 2°.

Artículo 6°.-) Se adjunta como: Anexo I Croquis de ubicación; Anexo II Proyecto de Plano de división; Anexo III implante en el predio y Anexo IV Anteproyecto Edilicio.

Artículo 7°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS

Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 2906/2022 – 22/11/2022

Firma:    Dr. Miguel A. Fernández – Intendente Municipal.

               Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.