Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5369/2023

Ordenanza Nº 5369/2023

Trenque Lauquen, 16/01/2023

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

En el marco de la Ordenanza 3465/10 (Código de Zonificación de Trenque Lauquen), la Ordenanza 3808/11 (Plan Director de Trenque Lauquen) y la Ordenanza 3880/12 (Matriz de calles de la ciudad de Trenque Lauquen).

De acuerdo al Plan Director vigente, la Chacra 240 quedó incluida en la zona denominada Reserva de Ampliación Urbana (R.A.U.), quedando sujeto a lo establecido en los artículos 7° y 8º de dicha ordenanza;

En el marco del Convenio de colaboración para el fomento del desarrollo urbano, firmado entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina y el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano de la Provincia de Buenos Aires. El convenio tiene por objeto promover nuevos desarrollos de viviendas;

Se propone pasar dicha parcela a Zona Residencial 3 (R3), dado que existe la Ordenanza 5357/2022 la cual cede el domino municipal de una fracción del inmueble chacra 221, a favor del Instituto de la Vivienda de la Pcia. De Buenos Aires para su inclusión en el Programa Bonaerense II Solidaridad, a través del cual se financiarán 112 viviendas;

Es prioritario promover la urbanización de esta zona, para lograr la continuidad deseada en el crecimiento de la ciudad hacia el Norte. (Exp. 5917/10 HCD.).

POR ELLO:

                        EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

 

O R  D  E  N  A  N  Z  A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Desaféctese de Reserva de Ampliación Urbana (R.A.U.) a una fracción de 225,20 m. por 204 m. de lado (superficie total 45.940,80 m²) resultante de la subdivisión del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XVII – Sección C – Chacra 240, donde serán creadas por mensura y división, 6 manzanas con un total de 112 lotes de 10 m. de frente mínimo (aplicando Diseño Especial). Dicha fracción está ubicada Av. Pte. Néstor Kirchner entre prolongación de calle Dr. Jorge A. Barracchia y prolongación de calle Fco. Mirabelli de la Ampliación Urbana de la ciudad de Trenque Lauquen. -

Artículo 2º.-) La fracción indicada en el artículo 1º pasa a formar parte de la Zona Residencial 3 (R3); adoptando los usos, indicadores urbanísticos, morfológicos y de parcelamiento correspondientes a la misma, según lo establecido en el Anexo II – Hojas de Zona – y las Planillas de Usos según el Código de Planeamiento – Ordenanza Nº 3465/10:

            Residencial 3 (R3)

            Densidad Neta: 150 (Actual) / 200 (Potencial) Hab/Ha.

            F.O.S.:  0,6

            F.O.T.:  1,2

            C.A.S. (Coeficiente Absorción del Suelo): 0,2

            Dimensión mínima de las parcelas: Frente 12 m - Superficie 300 m²

Artículo 3º.-) Los servicios básicos a proveer para la Zona R3 son: agua corriente, red cloacal, energía eléctrica domiciliaria, alumbrado público, desagües pluviales, cordón cuneta y tratamiento de calles, cuyos trabajos quedarán a cargo del propietario o emprendedor de las urbanizaciones. -

Artículo 4º.-) Se deberá cumplir con el Artículo 56º del Decreto Ley 8912/77, cediendo el Espacio Verde y Libre Público (E.V.L.P.) y la Reserva de Equipamiento Comunitaria (R.E.C.) donde la Municipalidad determine.

Artículo 5º.-) Se adjuntan a la presente por piezas separadas pero que forman parte integrante de la misma los siguientes Anexos:

Anexo I: Plano de zonificación actual de Trenque Lauquen y ubicación del lote a subdividir.

Anexo II: Hoja de Zona R3 de la Ordenanza 3465/10.

Anexo III: Esquema de subdivisión de las 6 manzanas a crear en la chacra 240, siguiendo el esquema de matrices de calles (Ord. 3880/12). 

Artículo 6º.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRES.

Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Andrea V. Caccuabue
Vicepesidente 1°
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 150/2023 – 19/01/2023 
Firma:    Dr. Miguel A. Fernández – Intendente Municipal. 
               Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.