Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5372/2023

Ordenanza Nº 5372/2023

Trenque Lauquen, 22/02/2023

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Que en las parcelas designadas catastralmente como: Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74a - Parcela 5; Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74b - Parcela 1 y Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74c - Parcela 1, la Comuna construyó un barrio de viviendas correspondientes a la Licitación Privada N° 1/11 de fecha 23/02/2011;

Que el mismo fue entregado a sus adjudicatarios con fecha 06/09/2012;

Que las parcelas de origen (Anexo I) se dividieron en lotes de 10,00 m de frente (Anexo II);

Que los mismos cuentan con red de agua corriente, red cloacal, red de gas natural, red de energía eléctrica, alumbrado público y pavimento;

Que la división cumple con los requisitos establecidos por el Artículo 52° del Decreto Ley 8912 (Exp. N° 5335/06 HCD.).

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1°.-) Autorízase el fraccionamiento de los inmuebles designados catastralmente  como: Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74a - Parcela 5; Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74b - Parcela 1 y Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74c - Parcela 1; que se encuentran zonificados en Área Urbana de la localidad de Trenque Lauquen en zona Residencial 3 (R3).

Siendo los indicadores urbanísticos:

F.O.S..................0.6

F.O.T..................1,2

Densidad.............. 200 Hab/Ha

Dimensiones mínimas:

Frente.................. 12,00 m

Superficie............. 300,00 m2

Artículo 2°.-) Aplíquese el Artículo N° 52, de la Ley 8912, dimensiones mínimas de las parcelas que surjan del fraccionamiento de los lotes indicados en el Artículo 1°.

Dimensiones mínimas:

Frente.................. 10,00 m

Superficie.............. 250,00 m2

Artículo 3°.-) El fraccionamiento de las parcelas indicadas en el Artículo 1° cuentan con los servicios de cloacas, agua, energía eléctrica, alumbrado público y pavimento.

Artículo 4°.-) Se adjunta Anexo I (parcelas de origen). Anexo II (croquis de división).

Artículo 5°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES.

Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 471/2023 – 23/02/2023

Firma:    Dr. Miguel A. Fernández – Intendente Municipal.

               Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.