Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5372/2023
Trenque Lauquen, 22/02/2023
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Que en las parcelas designadas catastralmente como: Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74a - Parcela 5; Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74b - Parcela 1 y Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74c - Parcela 1, la Comuna construyó un barrio de viviendas correspondientes a la Licitación Privada N° 1/11 de fecha 23/02/2011;
Que el mismo fue entregado a sus adjudicatarios con fecha 06/09/2012;
Que las parcelas de origen (Anexo I) se dividieron en lotes de 10,00 m de frente (Anexo II);
Que los mismos cuentan con red de agua corriente, red cloacal, red de gas natural, red de energía eléctrica, alumbrado público y pavimento;
Que la división cumple con los requisitos establecidos por el Artículo 52° del Decreto Ley 8912 (Exp. N° 5335/06 HCD.).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1°.-) Autorízase el fraccionamiento de los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74a - Parcela 5; Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74b - Parcela 1 y Circunscripción I - Sección C - Quinta 74 - Manzana 74c - Parcela 1; que se encuentran zonificados en Área Urbana de la localidad de Trenque Lauquen en zona Residencial 3 (R3).
Siendo los indicadores urbanísticos:
F.O.S..................0.6
F.O.T..................1,2
Densidad.............. 200 Hab/Ha
Dimensiones mínimas:
Frente.................. 12,00 m
Superficie............. 300,00 m2
Artículo 2°.-) Aplíquese el Artículo N° 52, de la Ley 8912, dimensiones mínimas de las parcelas que surjan del fraccionamiento de los lotes indicados en el Artículo 1°.
Dimensiones mínimas:
Frente.................. 10,00 m
Superficie.............. 250,00 m2
Artículo 3°.-) El fraccionamiento de las parcelas indicadas en el Artículo 1° cuentan con los servicios de cloacas, agua, energía eléctrica, alumbrado público y pavimento.
Artículo 4°.-) Se adjunta Anexo I (parcelas de origen). Anexo II (croquis de división).
Artículo 5°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES.
Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 471/2023 – 23/02/2023
Firma: Dr. Miguel A. Fernández – Intendente Municipal.
Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.