Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 318/2023
Trenque Lauquen, 03/02/2023
318-2023 ALTAS CREDITOS UNIVERSITARIOS -
Visto
Las disposiciones de la Ordenanza 4.166/2.014 (Crédito Universitario y/o Terciario para alumnos egresados del Partido de Trenque Lauquen) y;
Considerando
Que mediante la misma se crea el Fondo para Créditos Universitarios y Terciarios para alumnos egresados del Partido de Trenque Lauquen;
Que los créditos podrán ser adjudicados a estudiantes egresados de establecimientos secundarios del Distrito para posibilitar el comienzo de estudios universitarios o terciarios, que no se dicten al momento del ingreso a la carrera en el ámbito local;
Que el monto mensual del Crédito se fijará en un monto equivalente a la mitad del salario básico municipal correspondiente a la Categoría 1 de 30 horas del Escalafón Municipal;
Que se ha corroborado debidamente en cada caso la observancia de los requisitos para su procedencia;
Que en este contexto corresponde la designación de las personas que resultarán beneficiarios de la operatoria mencionada, disponiendo asimismo la orden a las áreas municipales correspondientes para la efectivización de la misma;
Que por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º: Desígnase a las siguientes personas como Beneficiarios de Créditos Universitarios en el marco de las disposiciones de la Ordenanza 4.166/2.014:
1º Araujo, Denisse – DNI. 43.196.637 – Domiciliado en calle Sabin Nº 54
2º Hernández, Jazmín – DNI. 45.988.842 – Domiciliada en calle La Raza Nº 492
3º Ferreyra Catellani, Fermín – DNI. 46.472.873–Domiciliado en calle Los Manzanos Nº535
4º Ustarroz, Maitena – DNI. 46.116.989 – Domiciliada en calle Frank Nº 262
5º Villarreal, Matias – DNI. 45.538.756 – Domiciliado en Barrio Indio Trompa casa nº 48
6º Zaccarelli, Delina Abigail – DNI. 46.630.400 – Domiciliada en calle Maldonado Nº 743
ARTICULO 2º: Abónese a cada uno de los beneficiarios indicados precedentemente, una suma mensual equivalente al 50% del Salario Básico Categoría 1 del Escalafón Municipal, en concepto de “Crédito Universitario-Ordenanza 4.166/2.014”.
ARTICULO 3º: Requiérese a la Junta de Créditos actuante el control y seguimiento de las condiciones de vigencia del crédito debiendo mantener correcta y periódicamente informado al respecto a este Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y Cumplido, Archívese.-
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Dr. Miguel A. Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen