Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 372/2023
Trenque Lauquen, 13/02/2023
372-2023 Empresa Chap y Cía S.A. Expte 290-2023
Visto
El Expediente Administrativo Nº 290/2023, y
Considerando
Que el mismo se inicia a partir de la nota presentada por el señor Mario Lafón, apoderado de la Empresa Chap y Cía. S.A, mediante el cual se solicita la prescripción por el paso del tiempo de los períodos que correspondan a los vehículos dominios AEI060 y XDE930.
Que la Ley Nº 13.536 dispuso que los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucional y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley.
Que, asimismo, la Ordenanza municipal Nº 4813/18 (con vigencia desde el 19/06/2018) la cual dispone un plazo de prescripción de 10 (diez) años que comenzará a regir desde el primero de enero siguiente al año en que se produzca el vencimiento de los plazos generales para la presentación de la declaración jurada o el documento que la sustituya o en su caso, el ingreso del tributo (con sustento en lo normado por el art 2532 CCyC). Dicha norma se aplica para deudas no prescriptas al momento de la sanción de la misma.
Que conforme surge de las constancias de la Oficina de Cobros Extrajudiciales Municipal no ha habido intimaciones administrativas realizadas por la Municipalidad, y sobre las partidas indicadas no ha habido reconocimiento de deuda ni se ha suscripto plan de pago alguno.
Que en las condiciones expuestas considero que la deuda correspondiente a los períodos acaecidos con anterioridad al 31/01/2013 ha dejado de ser legalmente exigible (Normativa aplicable a la materia: conf. art. 278 del Decreto-Ley nº 6769/58 -incorporado por Ley Nº 12.076; art. 2560 y cctes. CCyC, Ordenanza Municipal nº 4813/18 y Ordenanza Fiscal Nº 5352/2022)
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1°: Declarar la prescripción liberatoria de la deuda de períodos que correspondan a los vehículos dominios AEI060 y XDE930, respecto de los períodos acaecidos con anterioridad al día 31/01/2013.-
ARTICULO 2°: Comuníquese a Contaduría y, por su intermedio, a la Oficina de Cobros Extrajudiciales; regístrese y archívese. -
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Dr. Miguel A. Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen