Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 670/2023
Trenque Lauquen, 15/03/2023
670-2023 Pago Sentencia BREDEN MAURICIO
Visto
El Expediente Judicial "BREDEN MAURICIO C/ MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN S/ PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA" – Exp. 12273; y,
Considerando
Que el 08/03/2019 se presentó Mauricio Alberto Breden, con el patrocinio letrado del Dr. Pablo A. Gatti, e interpuso demanda por pretensión indemnizatoria contra la Municipalidad de Trenque Lauquen, en razón de los daños y perjuicios que sufriera con motivo del siniestro ocurrido el 21/11/2017, en momentos en que circulaba por la Avenida García Salinas de la ciudad de Trenque Lauquen, en sentido de circulación hacia la RN N° 5, al mando de su motocicleta marca BMW, dominio 536-IJZ, perdiendo el control de la misma, como consecuencia de un desnivel existente en la capa asfáltica, producto de las obras que se estaban realizando en la zona, lo que ocasionó el derrape de la motocicleta sobre la cinta asfáltica y la incineración de la misma;
Que el Juez de primera instancia Dr. Pablo Cristian Germain, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen resolvió, en sentencia definitiva de fecha 01/11/2022, hacer lugar a la pretensión indemnizatoria, atribuyendo la responsabilidad en el hecho en un 20% a cargo del municipio y en un 80% a cargo del actor y, por consiguiente, condenar a la Municipalidad de Trenque Lauquen a pagar el importe de pesos veintisiete mil doscientos sesenta y ocho --$ 27.268-- en concepto de indemnización, con más los intereses conforme lo dispuesto en el considerando 6, con costas --art. 51, inc. 1 del CCA--.-, a la par de diferir la regulación de honorarios para su oportunidad --art. 51 DL 8.904--.-;
Que dicha decisión no fue apelada por las partes adquiriendo, por consiguiente, firmeza;
Que, practicada liquidación por la actora, con fecha 26/12/2022, el juez interviniente resuelve aprobar liquidación de capital e intereses por la suma total de pesos setenta y nueve mil, seiscientos noventa con treinta y dos centavos (--$79.690,32--; art. 77 del CCA; art. 502 y cc del CPCC), resolutorio que quedó firme.
Que, agotadas todas las instancias, corresponde efectivizar el pago indicado en la liquidación practicada, conforme los parámetros establecidos en sentencia, a la cuenta denunciada en autos para tales efectos, quedando pendiente el pago de los honorarios de los profesionales intervinientes (peritos y letrado de la parte actora), los que al día de la fecha no han adquirido firmeza.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º: Páguese la suma de Pesos Quince Mil Novecientos Treinta y Ocho con Seis Centavos ($15.938,06) en concepto de capital de sentencia e intereses aprobado judicialmente en autos: "BREDEN MAURICIO C/ MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN S/ PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA" – Exp. 12273.-
ARTICULO 2º: Los pagos mencionados en el artículo 1º se realizarán en la cuenta judicial n° 027-512187/7, CBU 0140356327670451218771 del Banco de la Provincia de Buenos Aires - Sucursal Trenque Lauquen.-
ARTICULO 3º: Impútese a JURISDICCION: SECRETARIA DE GOBIERNO 1110102000 - CATEGORIA: 01-05-00 - GASTOS: 3.8.4.0 - MULTA, RECARGO Y/O GASTOS JUDICIALES.-
ARTICULO 4º: Pase el presente decreto a las oficinas de contaduría y tesorería a sus efectos.
ARTICULO 5º:Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido Archívese.
Cdora. María Cecilia Brizuela
Secretaria de Hacienda Interina
Municipalidad de Trenque Lauquen
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen