Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 840/2023
Trenque Lauquen, 31/03/2023
840-2023 CONTADURIA - Saldos afectados 2022 (3)
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial 2.980/00 y Convenio suscripto con el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BS. AS.,
Considerando
Que a través del convenio mencionado, “EL INSTITUTO” se comprometió a financiar la Obra CONSTRUCCION DE VIVIENDAS, y que corresponde reflejar en el ejercicio el reajuste para actualizar el monto de la obra.-
Que los recursos en cuestión revisten el carácter de aportes con afectación.-
Que el Artículo Nº 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que “el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones o creaciones de partidas que se financien con recursos afectados que correspondan según el monto de los recursos efectivamente autorizados o realizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados los aludidos recursos afectados”.-
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Increméntese el Cálculo de Recursos 2023 según el siguiente detalle:
Jurisdicción |
Recurso |
Importe |
1110114000 |
22.5.01.02 – Fdo. Conv. Instituto de la Vivienda |
421.672.793,17 |
Total Recursos: |
421.672.793,17 |
ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el Presupuesto General de Gastos vigente por creación/aumento de las partidas que se detallan a continuación:
Estructura Programática |
Fuente Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110114000 - 18.51.63 – Conv. Instituto Vivienda 60 Viviendas |
132 |
4.2.1.0 |
22.915.992,57 |
1110114000 - 18.51.64 – Conv. Instituto Vivienda 60 Viviendas |
132 |
4.2.1.0 |
398.756.800,60 |
Total Gastos: |
|
|
421.672.793,17 |
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y, cumplido, archívese.-
Cdor. Alfredo Zambiasio
Secretario de Hacienda
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen