Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 143/2023
Trenque Lauquen, 24/05/2023
Visto
Las deudas generadas por el incumplimiento en el pago de tasas municipales, correspondientes a los inmuebles ubicados en el partido de Trenque Lauquen; y,
Considerando
Que el Departamento Ejecutivo en defensa de los intereses comunales, ha procedido a la intimación de deudas, con resultado negativo hasta la fecha.
Que, en consecuencia, corresponde iniciar el cobro judicial de las deudas mediante el procedimiento prescripto para el juicio de apremio, conforme a los art. 107, 108 inc. 12, 117, 177 y concordantes de la ley Orgánica de Municipalidades. -
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Iníciese JUICIO DE APREMIO contra el/los contribuyente/s y/o poseedor/es y/o propietario/s de los inmuebles, designados con la partida 19037 (K&K S.R.L.), 1905 (SANCHEZ SATURNINO DAVID), 15704 (PIETROBELLI TERESA), 15232 (AROL LAURA ETHEL), 16433 (FIORELLINI PEDRO), 14895 (RIQUIFLOR ARTURO), 2254 (FALCIONI CONSTANTINO), 15703 (GONZALEZ HECTOR OSCAR), 1221 (FERNANDEZ LUIS HUMBERTO), 8691 (FINELLI BLAS), 14646 (SANSERVINO ROQUE ROBERTO), 4194 (OUSTRY JORGE HERNAN), 21271, 26033 y 26036 (FERNANDEZ ROBERTO ESTEBAN), 27829 (CAMPO ALEJANDRO AGUSTIN), 27855 y 27857 (CAMPO RICARDO CESAR), del Partido de Trenque Lauquen, por las deudas que mantienen dichos inmuebles en concepto de tasa de ABL y/o Servicios Sanitarios y/o Contribución por Mejoras y/o Red Vial.-
ARTÍCULO 2º.- La Dirección de Fiscalización, procederá a bloquear las cuentas de los inmuebles mencionados en el Artículo 1° del presente.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido Archívese. –
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen