Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1245/2023

Decreto Nº 1245/2023

Trenque Lauquen, 11/05/2023

1245-23 Pago Diferencia Sentencia BREDEN MAURICIO c- MTL S- Pretensión Indemnizatoria

Visto

El Expediente Judicial "BREDEN MAURICIO C/ MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN S/ PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA" – Exp. 12273; y,

Considerando

Que el Juez de primera instancia Dr. Pablo Cristian Germain, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen resolvió, en sentencia definitiva de fecha 01/11/2022, hacer lugar a la pretensión indemnizatoria, atribuyendo la responsabilidad en el hecho en un 20% a cargo del municipio y en un 80% a cargo del actor y, por consiguiente, condenar a la Municipalidad de Trenque Lauquen a pagar el importe de pesos veintisiete mil doscientos sesenta y ocho --$ 27.268-- en concepto de indemnización, con más los intereses conforme lo dispuesto en el considerando 6, con costas --art. 51, inc. 1 del CCA--.-, a la par de diferir la regulación de honorarios para su oportunidad --art. 51 DL 8.904--.-;

Que dicha decisión no fue apelada por las partes adquiriendo, por consiguiente, firmeza;

Que, practicada liquidación, con fecha 26/12/2022, el juez interviniente resuelve aprobar la misma por la suma total de pesos setenta y nueve mil, seiscientos noventa con treinta y dos centavos (--$79.690,32--; art. 77 del CCA; art. 502 y cc del CPCC), resolutorio que quedó firme.

Que al momento de efectuar el pago correspondiente, en virtud de un error involuntario, se omitió considerar que dicha suma era la que se encontraba a cargo del Municipio, por lo que se procedió a aplicar nuevamente el porcentaje de responsabilidad atribuido (20%), arrojando como resultado la suma de pesos quince mil novecientos treinta y ocho con seis centavos ($15.938,06), monto efectivamente depositado en la cuenta de autos.

Que, advirtiendo dicha circunstancia, el juez se pronunció en fecha 27/04/2023, considerando que debían calcularse intereses sobre el capital puro desde el 02/12/2022 (fecha de corte de la liquidación original) hasta la fecha del dictado de la resolución, dando como resultado la suma de pesos ochenta y siete mil novecientos setenta y seis con tres centavos ($87.976,03).

Que, deduciendo la suma abonada por el Municipio en fecha 21/03/2023, corresponde transferir a la cuenta judicial el importe de pesos setenta y dos mil treinta y siete con noventa y siete centavos ($72.037,97) a fin de completar las sumas debidas.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º: Páguese la suma de Pesos Setenta y Dos Mil Treinta y Siete con Noventa y Siete Centavos ($72.037,97) en concepto de diferencia de capital de sentencia e intereses aprobados judicialmente en autos: "BREDEN MAURICIO C/ MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN S/ PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA" – Exp. 12273.-

ARTICULO 2º: Los pagos mencionados en el artículo 1º se realizarán en la cuenta judicial n° 027-512187/7, CBU 0140356327670451218771 del Banco de la Provincia de Buenos Aires - Sucursal Trenque Lauquen.-

ARTICULO 3º: Impútese a JURISDICCION: SECRETARIA DE GOBIERNO 1110102000 - CATEGORIA: 01-05-00 - GASTOS: 3.8.4.0 - MULTA, RECARGO Y/O GASTOS JUDICIALES.-

ARTICULO 4º: Pase el presente decreto a las oficinas de contaduría y tesorería a sus efectos.

ARTICULO 5º:Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido Archívese.

Cdor. Alfredo Zambiasio
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen         


Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen