Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Resolución Nº07/18

Resolución Nº 07/18

Adolfo Gonzales Chaves, 12/04/2018

Visto

             Los trascendidos sobre el inminente cierre de las oficinas locales del Instituto de Previsión Social y del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos; y

Considerando

Que ambas oficinas formaron parte de un programa de descentralización administrativa del gobierno de la Provincia de Buenos Aires que contribuyó significativamente a mejorar la calidad del servicio que prestan los organismos centrales con sede en la ciudad de La Plata ;

Que la oficina de la Subdelegación del Ministerio de Trabajo cumple un rol fundamental en la resolución de conflictos labores por la inmediatez con los vecinos y la gratuidad y simplicidad de los trámites que allí se realizan;

Que la oficina del Instituto de Previsión Social se encarga de atender un sinnúmero de trámites, tanto de  jubilados y pensionados como de trabajadores activos, entre los que se encuentran empleados municipales, docentes, fuerzas del orden, etc; 

Que el cierre de ambas oficinas sería un retroceso para la calidad de vida de la ciudad cabecera y localidades vecinas;

Que según lo informado por autoridades provinciales, el cierre de las oficinas se debería a la dificultad para continuar abonando un cánon locativo por el inmueble que ocupan;

Que el Municipio podría generar espacios para que ambas oficinas continúen prestando sus servicios;

Que este cuerpo requiere hacer saber a las autoridades provinciales su disconformidad con el posible cierre de las referidas oficinas y eventual resentimiento del servicio que prestan;

POR ELLO, 

el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de Adolfo Gonzáles Chaves, en uso de  facultades que le son propias sanciona la siguiente:

R E S O L U C I O N

                                                 

ARTICULO 1º:: Dirigirse a Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires  para manifestar su disconformidad con el eventual cierre de las Subdelegaciones locales del Ministerio de Trabajo y del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º: Arbítrense los medios necesarios para que el Departamento Ejecutivo municipal provea la infraestructura necesaria, a los efectos de que ambas oficinas continúen prestando servicios en dependencias municipales.-

ARTICULO 3º:  Envíese copia de la presente, a la Sra. Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, Lic. María Eugenia Vidal, al Sr. Ministro de Trabajo, Dr. Marcelo Eugenio Villegas y al Sr. Presidente del Instituto de Previsión de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Christian Alejandro Gribaudo.-

ARTICULO 4º:  Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.