Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1496/2023

Decreto Nº 1496/2023

Trenque Lauquen, 07/06/2023

1496-23 AJUSTE VALOR 30 VIVIENDAS PLAN COMPARTIR 30 DE AGOSTO - 01-JUL-2023

Visto y considerando

La necesidad de ajustar el valor del plan de viviendas Programa XI COMPARTIR - PLAN NUESTRA CASA (30) de la ciudad de Treinta de Agosto, Partido de de Trenque Lauquen.-

Que la Ordenanza Nº 3456/10 y sus modificatorias establece el listado de adjudicatarios del barrio en cuestión.-

Que de acuerdo al Artículo 32º de la Ordenanza, se establece el valor de la vivienda y la determinación de las cuotas.-

Que según el mismo artículo, la alícuota se mantiene durante sesenta meses, para luego ser actualizada según lo establecido por el citado Artículo 32º, utilizando el interés del Banco de la Provincia de Buenos Aires para préstamos hipotecarios subsidiados, a semejanza del proceder que implementa el Instituto de la Vivienda conforme las Resoluciones Nº 446/09, 2621/11, cctes y subsigtes, sobre saldo de deuda.-

Que por Decretos anteriores se han ajustado los valores de las cuotas de los diferentes planes de viviendas.-

Que, por ello, se debe periódicamente hacer los cálculos de los valores de las cuotas y deben ser corregidas mediante el dictado del pertinente acto administrativo.-

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: A partir del 1 de Julio del 2023, se aplicará la actualización del valor de la cuota de vivienda del Programa XI COMPARTIR – PLAN NUESTRA CASA (30) de la ciudad de  Treinta  de  Agosto,  Partido  de  Trenque  Lauquen (Circ. XIII – Sec. B – Mza 64F y Mza 64G), ajustándose a la legislación vigente en la materia, utilizando el interés del Banco de la Provincia de Buenos Aires para préstamos hipotecarios subsidiados, a semejanza del proceder que implementa el Instituto de la Vivienda conforme las Resoluciones Nº 446/09, Nº 2621/11, cctes y subsigtes sobre saldo de deuda.-

ARTÍCULO 2º: La Contaduría a través del Departamento de Fiscalización y Tributos, procederá a aplicar la actualización pertinente, cuyo monto asciende a PESOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 60/100 ($ 1.882,60).-

ARTÍCULO 3º: La Oficina de Fiscalización también procederá a hacer las correcciones correspondientes de los valores modificados para las cuotas adeudadas devengadas, y las futuras no devengadas aún.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-

Cdor. Alfredo Luis ZAMBIASIO
Secretario de Hacienda
         

Dr. Miguel Ángel FERNÁNDEZ
Intendente Municipal  de Trenque Lauquen