Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 1823/2023
Trenque Lauquen, 05/07/2023
1823-23 Modificación Decreto de Adjudicación a favor Aramburu Marcela - Por Gastaldi - Rojo -Cimadamore
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo Nº 1225/2023; y,
Considerando
Que en el marco de la Licitación Pública Nº 02/10, y mediante Decreto Nº 647/2010, el Municipio adjudicó en venta 14 (catorce) lotes de terreno de su propiedad, de los cuales, 10 (diez), fueron adjudicados a favor de los Sres. ROJO, Esteban Eugenio y CIMADAMORE, Sergio Alberto;
Que los terrenos mencionados, al momento de la adjudicación, se encontraban identificados con una nomenclatura provisoria. De manera posterior a la aprobación y registración del Plano de mensura, unificación y división Nº 107-16-12, el Municipio a través de Decreto Nº 597/2013 modificó la nomenclatura catastral de los lotes adjudicados, identificando correctamente las parcelas ya adjudicadas en el año 2010, asignándose al Sr. ROJO, Esteban Eugenio los lotes identificados como Circunscripción XVII, Sección D, Manzana 287 AG, Parcelas 8, 9, 10, 12, 13 y 14 y al Sr. CIMADAMORE, Sergio Alberto los lotes identificados como Circunscripción XVII, Sección D, Manzana 287 AG, Parcelas 1, 2, 3 y 4;
Que en virtud de una solicitud realizada en el año 2013 por los adjudicatarios mencionados en el párrafo precedente, se inició el Expediente Administrativo Nº 457/13, y el Departamento Ejecutivo, previo dictamen emitido por la Dirección de Asuntos Legales, donde consideró procedente lo solicitado, a través de Decreto Nº 598/13 autorizó otorgar escritura traslativa de dominio a favor del Sr. GASTALDI, Ricardo Luis, quien, mediante una compraventa, había adquirido los lotes oportunamente asignados a Rojo y Cimadamore en la Licitación Pública 02/10;
Que el Sr. GASTALDI, Ricardo Luis, nunca inició el trámite para la escrituración de los inmuebles, y con fecha 4 de marzo de 2017, realizó la transferencia a favor de los Sres. GUERRERO, María Teresa y GUERRERO, Carlos Agustín, en el marco de un Boleto de Compraventa Inmobiliaria, de los derechos y obligaciones que le correspondieran por los boletos suscriptos en el año 2011 con ROJO y CIMADAMORE;
Que con fecha 1º de Marzo de 2019 la Sra. ARAMBURU, Marcela Viviana, adquirió de la Sra. GUERRERO, María Teresa, un lote identificado catastralmente como Circunscripción XVII, Sección D, Manzana 287 AG, Parcela 9, Partida 29175 y el día 10 de Mayo de 2019, y adquirió otro lote del Sr. GUERRERO, Carlos Agustín, identificado catastralmente Circunscripción XVII, Sección D, Manzana 287 AG, Parcela 10, Partida 29176. Ambos terrenos, los adquirió mediante Boletos de Compraventa, firmados con los respectivos vendedores;
Que todos los instrumentos privados mencionados, cuentan con las correspondientes certificaciones notariales de firmas,
Que se han incorporado a las presentes actuaciones los pertinentes Informes de Anotaciones Personales de todos los transmitentes, a fin de demostrar que no constan inhibiciones que impidan acceder a lo solicitado;
Que el precio correspondiente a los inmuebles ha sido cancelado en su totalidad por los adjudicatarios originales, y se encuentra al día el pago de las tasas municipales, según lo informado por la Dirección de Tributos Municipal mediante Certificado agregado a las presentes actuaciones;
Que los Inmuebles en cuestión, aún no han sido trasferidos por Escritura, motivo por el cual, la titularidad del dominio concierne a este Municipio, correspondiendo regularizar la situación dominial planteada en aras de resolver lo peticionado por la compradora Sra. ARAMBURU, Marcela Viviana quien desea obtener Escritura Traslativa de Dominio a su favor, requiriéndose, por ende, la intervención del Honorable Concejo Deliberante con fines escriturarios.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto la adjudicación efectuada en el marco de la Licitación Pública Nº 02/10, mediante Decretos Nº 647/10 y 597/13 en favor de los Sres. ROJO, ESTEBAN EUGENIO, DNI. Nº 10.634.272 y CIMADAMORE, SERGIO ALBERTO, DNI. Nº 24.897.818, en relación a los lotes ubicados en Trenque Lauquen, individualizados catastralmente como Circunscripción XVII – Sección D, Chacra 287, Manzana 287 AG, Parcela 9, Partida 29175, Circunscripción XVII – Sección D, Chacra 287, Manzana 287 AG, Parcela 10, Partida 29176.-
ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto el otorgamiento de escritura traslativa de dominio, autorizada mediante Decreto Nº 598/13, a favor del SR. GASTALDI, RICARDO LUIS, DNI. Nº 12.396.261, en relación a los 2 (dos) lotes de terreno consignados en el Artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese a la SRA. ARAMBURU, MARCELA VIVIANA, DNI. Nº 17.585.713, los lotes de terreno de propiedad municipal, ubicados en Trenque Lauquen, designados catastralmente como Circunscripción XVII – Sección D, Chacra 287, Manzana 287 AG, Parcela 9, Partida 29175 y Circunscripción XVII – Sección D, Chacra 287, Manzana 287 AG, Parcela 10, Partida 29176.-
ARTÍCULO 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir las correspondientes escrituras traslativas de dominio de los Inmuebles readjudicados, ante Escribano Particular, haciéndose cargo la adjudicataria de la totalidad de los gastos de las mismas, o por ante Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, bajo los parámetros de la Ley 10.830.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y Archívese.-
Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen