Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2188/2023

Decreto Nº 2188/2023

Trenque Lauquen, 04/09/2023

D2188 - E3138 - Declara de Interés, Concurso La Biblioteca es Puro Cuento de la Biblioteca Rivadavia

Visto

Que, en el marco de su 120° Aniversario celebrado el 17 de mayo pasado, la Biblioteca Publica Rivadavia de Trenque Lauquen, realizara el 1er. Concurso de Cuentos Cortos “La biblioteca es puro cuento”, que concluirá con la premiación en la semana del 30 de octubre al 4 de noviembre del corriente (Exp. Nº 3138/98 HCD.); y

Considerando

Que, dicho certamen, se basará en la presentación de obras del tipo de cuentos cortos;

Que, cuenta con un cronograma que dio inicio el 28 de junio y se extiende hasta el 9 de septiembre para la presentación de obras, anunciando los ganadores del 25 al 30 de septiembre y premiándolos entre el 30 de Octubre a 4 de Noviembre;

Que, se propone como temática a la Biblioteca Rivadavia y su recorrido histórico en 120 años de vida, la experiencia lectora, el libro en sí mismo, la lectura, otras bibliotecas, el escritor, entre otras;

Que, la institución convoca a participar de este certamen, que se realiza por primera vez, en el marco de los festejos por su 120° aniversario, que ha contado con diversas actividades desde comienzo de año y se extenderán durante todo el 2023;

Que, el Honorable Concejo Deliberante de Trenque Lauquen, además de librerías y comercios de la ciudad, ha sumado su auspicio al mencionado certamen;

Que, la Biblioteca Pública Rivadavia, tiene como objetivo que este certamen sea un evento de carácter anual, que sea reconocido y tenga una convocatoria creciente con el paso de los años, de modo que se convierta en una “marca” de la institución y de la ciudad.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

D E C R E T O

Artículo 1º.-) Declárese de Interés Legislativo, Social y Cultural, el 1er. Concurso de Cuentos Cortos “La biblioteca es puro cuento”, llevado a cabo por la Biblioteca Publica Rivadavia, con el auspicio del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 2º.-) Hágase entrega de una copia del presente Decreto a los organizadores.

Artículo 3°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.

Ariel O. Troya
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante